La UAAAP/blogdelaunion, entidad vinculada al CSCAE, colaborando con el Ministerio de Fomento, publicará en este blog en tiempo real, a la vez que se contesta al interesado, las respuestas oficiales a las dudas que se consideren de interés para el colectivo planteadas al Ministerio sobre los documentos DB-SE,DB-SI y DB-SUA.
Desde el Ministerio de Fomento nos indican unas pautas a tener en cuenta a la hora de hacer las consultas:
•Se exigen requisitos de claridad, concreción, concisión e identificación de quien formula la consulta.
•Las consultas se deberán referir al CTE ya que la aclaración o interpretación de cualquier otra reglamentación o norma no corresponde al Ministerio de Fomento.
•Las consultas debe hacer referencia al CTE en términos genéricos, y no a su aplicación a un proyecto concreto o a soluciones alternativas al CTE ya que su valoración correspondería a la autoridad de control edificatorio.
•Las consultas deben precisar interpretación o aclaración y no encontrarse evidentemente resueltas aplicando el CTE y sus comentarios con el criterio y la discrecionalidad técnica siempre necesaria.
Se cuenta desde el Ministerio con un equipo de técnicos que responderán las dudas planteadas sobre los documentos DB-SE, DB-SI y DB-SUA desde el Área de Seguridad y Accesibilidad. Subdirección General de Arquitectura y Edificación. Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo. Ministerio de Fomento. Paseo de la Castellana 112, 28071 Madrid - España
Envía tus consultas exclusivamente al buzón de la Subdirección General de Arquitectura y Edificación: arquitectura@fomento.es
1 comentario:
Tengo una duda sobre la respuesta 2:
Según DBSI:
Vigencia de los informes de extensión de la aplicación de los resultados de los ensayos (EXAP).
Los informes de extensión de la aplicación de los resultados de los ensayos (EXAP) deben basarse en la norma aplicable vigente (EN EXAP), que en este caso existe UNE EN 15269-7 (EXAP para puertas cortafuegos deslizantes de acero) y que limita las dimensiones máximas del sistema como indica la consulta. Cuando esta no exista (no es el caso), deben basarse en su ultimo proyecto disponible (prEN EXAP) y cuando este tampoco exista, en la experiencia del laboratorio.
Los informes EXAP basados en la experiencia de un laboratorio se deben anular cuando se disponga de un prEN EXAP. Los informes basados en un prEN EXAP se deben actualizar cuando se disponga de un proyecto posterior o bien de una norma EN EXAP.
Por lo tanto el DB SI indica claramente que en caso de norma EXAP EN EXAP o proyecto de norma prEN EXAP tendremos que dirigirnos a ellas y no en la experiencia de los laboratorios, en todo caso si fuera necesario una evaluación técnica de idoneidad del sistema (por ejemplo entendiéndolo como un sistema no convencional), seria el laboratorio el que se tendría que basar en estas normas como ocurre con otros sistemas.
En este caso ¿seria inviable justificar o validar las dimensiones mencionadas debido a la limitación en la EXAP y las indicaciones del DBSI?.
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