La UAAAP/blogdelaunion, entidad vinculada al CSCAE, colaborando con el Ministerio de Fomento, publicará en este blog en tiempo real, a la vez que se contesta al interesado, las respuestas oficiales a las dudas que se consideren de interés para el colectivo planteadas al Ministerio sobre los documentos DB-SE,DB-SI y DB-SUA.
Desde el Ministerio de Fomento nos indican unas pautas a tener en cuenta a la hora de hacer las consultas:
•Se exigen requisitos de claridad, concreción, concisión e identificación de quien formula la consulta.
•Las consultas se deberán referir al CTE ya que la aclaración o interpretación de cualquier otra reglamentación o norma no corresponde al Ministerio de Fomento.
•Las consultas debe hacer referencia al CTE en términos genéricos, y no a su aplicación a un proyecto concreto o a soluciones alternativas al CTE ya que su valoración correspondería a la autoridad de control edificatorio.
•Las consultas deben precisar interpretación o aclaración y no encontrarse evidentemente resueltas aplicando el CTE y sus comentarios con el criterio y la discrecionalidad técnica siempre necesaria.
Se cuenta desde el Ministerio con un equipo de técnicos que responderán las dudas planteadas sobre los documentos DB-SE, DB-SI y DB-SUA desde el Área de Seguridad y Accesibilidad. Subdirección General de Arquitectura y Edificación. Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo. Ministerio de Fomento. Paseo de la Castellana 112, 28071 Madrid - España
Envía tus consultas exclusivamente al buzón de la Subdirección General de Arquitectura y Edificación: arquitectura@fomento.es
1 comentario:
Hay otro caso que plantea dudas. Pensemos en un hospital o un edificio de la administración pública, por ejemplo. Si el edificio cuenta con una cafetería ¿ésta tiene que ser un sector independiente? Porque aunque sea una concesión administrativa, la actividad desarrollada pertenece a otro titular y el control administrativo (p.e. calificación ambiental) es independiente del resto del edificio. ¿Deben estos casos entenderse como zonas subisidiarias del resto del edificio?. En la práctica, desde el punto de vista de la utilización y la actividad no lo son ya que no se limita el acceso a usuarios del edificio sino que puede acceder cualquier persona, aunque es cierto que las instalaciones (saneamiento, abastecimiento, electricidad...) pueden ser comunes aunque con contabilizaciones independientes.
Publicar un comentario