La UAAAP/blogdelaunion, entidad vinculada al CSCAE, colaborando con el Ministerio de Fomento, publicará en este blog en tiempo real, a la vez que se contesta al interesado, las respuestas oficiales a las dudas que se consideren de interés para el colectivo planteadas al Ministerio sobre los documentos DB-SE,DB-SI y DB-SUA.

Desde el Ministerio de Fomento nos indican unas pautas a tener en cuenta a la hora de hacer las consultas:

•Se exigen requisitos de claridad, concreción, concisión e identificación de quien formula la consulta.

•Las consultas se deberán referir al CTE ya que la aclaración o interpretación de cualquier otra reglamentación o norma no corresponde al Ministerio de Fomento.

•Las consultas debe hacer referencia al CTE en términos genéricos, y no a su aplicación a un proyecto concreto o a soluciones alternativas al CTE ya que su valoración correspondería a la autoridad de control edificatorio.

•Las consultas deben precisar interpretación o aclaración y no encontrarse evidentemente resueltas aplicando el CTE y sus comentarios con el criterio y la discrecionalidad técnica siempre necesaria.

Se cuenta desde el Ministerio con un equipo de técnicos que responderán las dudas planteadas sobre los documentos DB-SE, DB-SI y DB-SUA desde el Área de Seguridad y Accesibilidad. Subdirección General de Arquitectura y Edificación. Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo. Ministerio de Fomento. Paseo de la Castellana 112, 28071 Madrid - España

Envía tus consultas exclusivamente al buzón de la Subdirección General de Arquitectura y Edificación: arquitectura@fomento.es

jueves, 16 de noviembre de 2017

[1191] Distancias en fachadas

En la Sección SI 2, en lo relativo a la propagación exterior horizontal del incendio a través de la fachada, ¿Las distancias indicadas en la tabla entre elementos que no sean al menos EI 60 deben aplicarse también a aquellos de un vestíbulo de independencia? La lógica me dice que sí, pero la normativa no lo especifica. Me interesaría aclarar este punto.
Respuesta
En contestación a su consulta le informamos de que para el cumplimiento del apartado 1 de la Sección SI2, además de los sectores y de los locales de riesgo especial alto, se consideran los elementos de evacuación protegidos, por lo que también deberían contemplarse los vestíbulos de independencia.

1 comentario:

Anónimo dijo...

De la respuesta dada a esta consulta, y del propio articulado de SI 2, se deduce que es necesario cumplir la franja de separación:
- Entre dos sectores de incendio.
- Entre una zona de riesgo especial alto y otras zonas.
- Hacia una escalera protegida desde otras zonas.
- Hacia un pasillo protegido desde otras zonas.
- Hacia un vestíbulo de independencia desde otras zonas.

¿Y el supuesto "entre dos zonas protegidas"? Por ejemplo, frente a la propagación exterior horizontal del incendio entre una escalera especialmente protegida y su vestíbulo de independencia. O bien, frente a la propagación exterior vertical entre dos vestíbulos de independencia de dos plantas contiguas, situados uno encima del otro.

Tratándose de zonas protegidas y sin carga de fuego, me queda esta duda, ya que no es previsible un incendio en estas zonas, o que uno originado en otras les afecte, teniendo en cuenta que teóricamente no podría ocurrir durante al menos dos horas (ya que su resistencia es EI 120). Además, en la relación anterior (extraída del propio articulado), todos los casos relativos a zonas protegidas acaban con la coletilla "desde otras zonas". ¿Dicha coletilla realmente prevé que esas "otras zonas" puedan ser también protegidas?

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