La UAAAP/blogdelaunion, entidad vinculada al CSCAE, colaborando con el Ministerio de Fomento, publicará en este blog en tiempo real, a la vez que se contesta al interesado, las respuestas oficiales a las dudas que se consideren de interés para el colectivo planteadas al Ministerio sobre los documentos DB-SE,DB-SI y DB-SUA.

Desde el Ministerio de Fomento nos indican unas pautas a tener en cuenta a la hora de hacer las consultas:

•Se exigen requisitos de claridad, concreción, concisión e identificación de quien formula la consulta.

•Las consultas se deberán referir al CTE ya que la aclaración o interpretación de cualquier otra reglamentación o norma no corresponde al Ministerio de Fomento.

•Las consultas debe hacer referencia al CTE en términos genéricos, y no a su aplicación a un proyecto concreto o a soluciones alternativas al CTE ya que su valoración correspondería a la autoridad de control edificatorio.

•Las consultas deben precisar interpretación o aclaración y no encontrarse evidentemente resueltas aplicando el CTE y sus comentarios con el criterio y la discrecionalidad técnica siempre necesaria.

Se cuenta desde el Ministerio con un equipo de técnicos que responderán las dudas planteadas sobre los documentos DB-SE, DB-SI y DB-SUA desde el Área de Seguridad y Accesibilidad. Subdirección General de Arquitectura y Edificación. Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo. Ministerio de Fomento. Paseo de la Castellana 112, 28071 Madrid - España

Envía tus consultas exclusivamente al buzón de la Subdirección General de Arquitectura y Edificación: arquitectura@fomento.es

miércoles, 17 de enero de 2018

[1200] Paso libre puertas correderas accesibles de 78 cm.

Estamos construyendo 86 Vvdas. de Uso residencial y en el CTE DB SUA Anejo A, al hablar de las puertas de paso en los itinerarios accesibles, hace referencia a que las puertas han de tener “…una anchura libre de paso igual o superior a 0,80 m. medida en el marco, pero que debido al grosor de la puerta, en el ángulo de máxima apertura de la misma, la anchura libre de paso se puede ver reducida a 0,78 m. “. Nuestra consulta es: ¿ Esta anchura de paso reducida a 0,78 m. es también aplicable y aceptada para puertas correderas?
Respuesta
La anchura de 0,78 cm es la mínima admisible para el paso por puertas que deban ser accesibles

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