La UAAAP/blogdelaunion, entidad vinculada al CSCAE, colaborando con el Ministerio de Fomento, publicará en este blog en tiempo real, a la vez que se contesta al interesado, las respuestas oficiales a las dudas que se consideren de interés para el colectivo planteadas al Ministerio sobre los documentos DB-SE,DB-SI y DB-SUA.

Desde el Ministerio de Fomento nos indican unas pautas a tener en cuenta a la hora de hacer las consultas:

•Se exigen requisitos de claridad, concreción, concisión e identificación de quien formula la consulta.

•Las consultas se deberán referir al CTE ya que la aclaración o interpretación de cualquier otra reglamentación o norma no corresponde al Ministerio de Fomento.

•Las consultas debe hacer referencia al CTE en términos genéricos, y no a su aplicación a un proyecto concreto o a soluciones alternativas al CTE ya que su valoración correspondería a la autoridad de control edificatorio.

•Las consultas deben precisar interpretación o aclaración y no encontrarse evidentemente resueltas aplicando el CTE y sus comentarios con el criterio y la discrecionalidad técnica siempre necesaria.

Se cuenta desde el Ministerio con un equipo de técnicos que responderán las dudas planteadas sobre los documentos DB-SE, DB-SI y DB-SUA desde el Área de Seguridad y Accesibilidad. Subdirección General de Arquitectura y Edificación. Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo. Ministerio de Fomento. Paseo de la Castellana 112, 28071 Madrid - España

Envía tus consultas exclusivamente al buzón de la Subdirección General de Arquitectura y Edificación: arquitectura@fomento.es

miércoles, 17 de enero de 2018

[1205] Altura de buzones en reforma

Mi consulta se refiere a la colocación de buzones en una Comunidad de vecinos, en lo que al SUA se refiere.
La agrupación de buzones en un portal, se ve afectada por alguna limitación de altura derivada de la aplicación del punto
1.2.8 Mecanismos
1 Excepto en el interior de las viviendas y en las zonas de ocupación nula, los interruptores, los dispositivos de intercomunicación y los pulsadores de alarma serán mecanismos accesibles.
Se trata de una rehabilitación (colocación de ascensor y rehabilitación energética de la envolvente) de un edificio protegido con problemas (por espacio disponible y afección a elementos protegidos) para la ubicación normal de los buzones, que está previsto se coloquen en una franja de altura entre 1,20-1,75 m. del suelo.
Respuesta
En el DB SUA no se establecen condiciones sobre la altura a la que deben situarse los buzones. Sin embargo, como buena práctica, pueden tomarse de referencia las alturas indicadas para los mecanismos accesibles.

1 comentario:

dosg dijo...

Por si sirve como referencia, la norma UNE-EN 13724:2013 - Servicios postales. Bocas de los buzones domiciliarios y los bocacartas. Requisitos y métodos de ensayo, establece valores de referencia. Con el obejto de facilitar las necesidades de las personas mayores y de las personas con discapacidad, las bocas de buzon y la altura de instalación de cerraduras se debe situar a una altura máxima de 1,80 m y una altura mínima de 0,40 m.

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