La UAAAP/blogdelaunion, entidad vinculada al CSCAE, colaborando con el Ministerio de Fomento, publicará en este blog en tiempo real, a la vez que se contesta al interesado, las respuestas oficiales a las dudas que se consideren de interés para el colectivo planteadas al Ministerio sobre los documentos DB-SE,DB-SI y DB-SUA.

Desde el Ministerio de Fomento nos indican unas pautas a tener en cuenta a la hora de hacer las consultas:

•Se exigen requisitos de claridad, concreción, concisión e identificación de quien formula la consulta.

•Las consultas se deberán referir al CTE ya que la aclaración o interpretación de cualquier otra reglamentación o norma no corresponde al Ministerio de Fomento.

•Las consultas debe hacer referencia al CTE en términos genéricos, y no a su aplicación a un proyecto concreto o a soluciones alternativas al CTE ya que su valoración correspondería a la autoridad de control edificatorio.

•Las consultas deben precisar interpretación o aclaración y no encontrarse evidentemente resueltas aplicando el CTE y sus comentarios con el criterio y la discrecionalidad técnica siempre necesaria.

Se cuenta desde el Ministerio con un equipo de técnicos que responderán las dudas planteadas sobre los documentos DB-SE, DB-SI y DB-SUA desde el Área de Seguridad y Accesibilidad. Subdirección General de Arquitectura y Edificación. Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo. Ministerio de Fomento. Paseo de la Castellana 112, 28071 Madrid - España

Envía tus consultas exclusivamente al buzón de la Subdirección General de Arquitectura y Edificación: arquitectura@fomento.es

viernes, 1 de febrero de 2013

[028] Escaleras rectas, curvas y compensadas

En el punto 4.2.2.Tramos del DBSU1 se especifican las características que deben tener los tramos de las escaleras de uso general.
Mi duda surge en saber que se entiende por escalera de tramo mixto y escalera de tramo curvo.
¿Se puede entender por tramo mixto lo que normalmente se llama tramo de escalera compensada?
A mi entender una escalera de tramo mixto seria la que se adjunta en la imagen, pero al aplicar el CTE, el apartado que dice que la “la huella medida en el eje del tramo en las partes curvas no será menor que la huella en las partes rectas”, no sé si hay que descontar de la anchura útil las zonas en las que la dimensión de la huella es menor que 17cm, (como dice el apartado 4.2.2.5. para tramos curvos).
Respuesta
Un tramo curvo es aquel cuyo eje es curvo. Un tramo mixto es aquel cuyo eje es en parte recto y en parte curvo. Una escalera es compensada allí donde el eje es oblicuo a los peldaños. Normalmente suelen tener tramos mixtos.
La escalera del ejemplo es, en efecto, de tramo mixto. Basta con dibujar correctamente el eje, que no es quebrado, sino curvo. Pero no es compensada, ya que una vez dibujado correctamente el eje, tanto en su parte recta como en la curva es perpendicular a los peldaños.
Lo que dice SUA (“la huella medida en el eje del tramo en las partes curvas no será menor que la huella en las partes rectas”) hay que aplicarlo en sus propios términos, es decir, en el eje real de la escalera, con independencia de que no se pueda considerar como anchura útil la parte de escalera en las que la huella sea menor de 17 cm.
Al margen de todo lo anterior, se subraya que la escalera del ejemplo no es aceptable en obra nueva, ni como uso general, ni como uso restringido.

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