La UAAAP/blogdelaunion, entidad vinculada al CSCAE, colaborando con el Ministerio de Fomento, publicará en este blog en tiempo real, a la vez que se contesta al interesado, las respuestas oficiales a las dudas que se consideren de interés para el colectivo planteadas al Ministerio sobre los documentos DB-SE,DB-SI y DB-SUA.

Desde el Ministerio de Fomento nos indican unas pautas a tener en cuenta a la hora de hacer las consultas:

•Se exigen requisitos de claridad, concreción, concisión e identificación de quien formula la consulta.

•Las consultas se deberán referir al CTE ya que la aclaración o interpretación de cualquier otra reglamentación o norma no corresponde al Ministerio de Fomento.

•Las consultas debe hacer referencia al CTE en términos genéricos, y no a su aplicación a un proyecto concreto o a soluciones alternativas al CTE ya que su valoración correspondería a la autoridad de control edificatorio.

•Las consultas deben precisar interpretación o aclaración y no encontrarse evidentemente resueltas aplicando el CTE y sus comentarios con el criterio y la discrecionalidad técnica siempre necesaria.

Se cuenta desde el Ministerio con un equipo de técnicos que responderán las dudas planteadas sobre los documentos DB-SE, DB-SI y DB-SUA desde el Área de Seguridad y Accesibilidad. Subdirección General de Arquitectura y Edificación. Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo. Ministerio de Fomento. Paseo de la Castellana 112, 28071 Madrid - España

Envía tus consultas exclusivamente al buzón de la Subdirección General de Arquitectura y Edificación: arquitectura@fomento.es

viernes, 26 de septiembre de 2014

[471] Accesibilidad a nuevo establecimiento

Se trata de un inmueble con una antigüedad superior a los treinta años y de tres plantas de altura. En cuya planta baja se desarrolla uso comercial, mediante dos locales con accesos independientes, (contando uno de ellos con dos). El promotor propone obtener un tercer local, dividiendo el local que tiene los dos accesos.
El acceso del nuevo local, de 38 m² útiles, es a través de una escalera de cuatro peldaños, (salva 67 cms de altura) y ámbito de 1,58 mts.
Está en la obligación, de ejecutar una rampa al tratarse de obras de reforma con resultado de creación de un nuevo local.
Respuesta
Todo nuevo establecimiento debe ser accesible desde la vía pública, conforme a las condiciones (incluidas las alternativas de flexibilidad) que establece el CTE DB-SUA.

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