La UAAAP/blogdelaunion, entidad vinculada al CSCAE, colaborando con el Ministerio de Fomento, publicará en este blog en tiempo real, a la vez que se contesta al interesado, las respuestas oficiales a las dudas que se consideren de interés para el colectivo planteadas al Ministerio sobre los documentos DB-SE,DB-SI y DB-SUA.

Desde el Ministerio de Fomento nos indican unas pautas a tener en cuenta a la hora de hacer las consultas:

•Se exigen requisitos de claridad, concreción, concisión e identificación de quien formula la consulta.

•Las consultas se deberán referir al CTE ya que la aclaración o interpretación de cualquier otra reglamentación o norma no corresponde al Ministerio de Fomento.

•Las consultas debe hacer referencia al CTE en términos genéricos, y no a su aplicación a un proyecto concreto o a soluciones alternativas al CTE ya que su valoración correspondería a la autoridad de control edificatorio.

•Las consultas deben precisar interpretación o aclaración y no encontrarse evidentemente resueltas aplicando el CTE y sus comentarios con el criterio y la discrecionalidad técnica siempre necesaria.

Se cuenta desde el Ministerio con un equipo de técnicos que responderán las dudas planteadas sobre los documentos DB-SE, DB-SI y DB-SUA desde el Área de Seguridad y Accesibilidad. Subdirección General de Arquitectura y Edificación. Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo. Ministerio de Fomento. Paseo de la Castellana 112, 28071 Madrid - España

Envía tus consultas exclusivamente al buzón de la Subdirección General de Arquitectura y Edificación: arquitectura@fomento.es

miércoles, 22 de junio de 2016

[979] Aplicación CTE a espacios exteriores

Nos gustaría saber si el Código Técnico sería de aplicación en los espacios exteriores de un polideportivo, tales como pistas de tenis, campos de futbol, piscinas exteriores,… Las piscinas exteriores por ejemplo se mencionan en la tabla 2.1. del DB-SI3.
En caso afirmativo, ¿qué densidades de ocupación hay que aplicar? ¿se debe aplicar la hipótesis de bloqueo en alguna de las salidas? ¿las puertas perimetrales exteriores que comunican con la vía pública deben ser también de fácil apertura?
En caso negativo, ¿hay alguna normativa que el CTE contemple para estos casos?
Respuesta
"Como en el conjunto del CTE, el ámbito de aplicación de este DB son las obras de edificación. Por ello, los elementos del entorno del edificio a los que les son de obligada aplicación sus condiciones son únicamente aquellos que formen parte del proyecto de edificación. Conforme al artículo 2, punto 3 de la ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación (LOE), se consideran comprendidas en la edificación sus instalaciones fijas y el equipamiento propio, así como los elementos de urbanización que permanezcan adscritos al edificio."
En cuanto a las densidades de ocupación que deben aplicarse en estos casos, en el DB SI no se establecen valores porque, debido al tipo de actividad, puede determinarse la ocupación en cada caso, dependiendo del deporte de que se trate, bajo el criterio técnico discrecional del proyectista.

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