"Cuando se trate de edificios diferentes y colindantes, los puntos de la fachada del edificio considerado que no sean al menos EI 60 cumplirán el 50% de la distancia d hasta la bisectriz del ángulo formado por ambas fachadas."
La UAAAP/blogdelaunion, entidad vinculada al CSCAE, colaborando con el Ministerio de Fomento, publicará en este blog en tiempo real, a la vez que se contesta al interesado, las respuestas oficiales a las dudas que se consideren de interés para el colectivo planteadas al Ministerio sobre los documentos DB-SE,DB-SI y DB-SUA.
Desde el Ministerio de Fomento nos indican unas pautas a tener en cuenta a la hora de hacer las consultas:
•Se exigen requisitos de claridad, concreción, concisión e identificación de quien formula la consulta.
•Las consultas se deberán referir al CTE ya que la aclaración o interpretación de cualquier otra reglamentación o norma no corresponde al Ministerio de Fomento.
•Las consultas debe hacer referencia al CTE en términos genéricos, y no a su aplicación a un proyecto concreto o a soluciones alternativas al CTE ya que su valoración correspondería a la autoridad de control edificatorio.
•Las consultas deben precisar interpretación o aclaración y no encontrarse evidentemente resueltas aplicando el CTE y sus comentarios con el criterio y la discrecionalidad técnica siempre necesaria.
Se cuenta desde el Ministerio con un equipo de técnicos que responderán las dudas planteadas sobre los documentos DB-SE, DB-SI y DB-SUA desde el Área de Seguridad y Accesibilidad. Subdirección General de Arquitectura y Edificación. Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo. Ministerio de Fomento. Paseo de la Castellana 112, 28071 Madrid - España
Envía tus consultas exclusivamente al buzón de la Subdirección General de Arquitectura y Edificación: arquitectura@fomento.es
1 comentario:
Analizando la frase entiendo que dicha reducción, salvo en este caso (ángulo 0º) es en realidad un aumento de la distancia.
"(...) cumplirán el 50% de la distancia d hasta la BISECTRIZ del ángulo formado por ambas fachadas."
Supongamos dos fachadas a 180º. La bisectriz de dicho ángulo es 90º. La distancia exigida por DB SI 2 (para fachadas a 90º) es de 2 m. El 50% de dicha distancia es 1 m.
Por lo tanto, considero que para huecos en fachadas a 180º que no sean EI 60 deben mantener una distancia en proyección horizontal de:
- 0,5 m en fachadas pertenecientes al mismo edifico que separan dos sectores de incendio, una zona de riesgo especial y otras zonas...
- 1 m en fachadas de edificios diferentes y colindantes.
¿Estoy en lo cierto?
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