La UAAAP/blogdelaunion, entidad vinculada al CSCAE, colaborando con el Ministerio de Fomento, publicará en este blog en tiempo real, a la vez que se contesta al interesado, las respuestas oficiales a las dudas que se consideren de interés para el colectivo planteadas al Ministerio sobre los documentos DB-SE,DB-SI y DB-SUA.

Desde el Ministerio de Fomento nos indican unas pautas a tener en cuenta a la hora de hacer las consultas:

•Se exigen requisitos de claridad, concreción, concisión e identificación de quien formula la consulta.

•Las consultas se deberán referir al CTE ya que la aclaración o interpretación de cualquier otra reglamentación o norma no corresponde al Ministerio de Fomento.

•Las consultas debe hacer referencia al CTE en términos genéricos, y no a su aplicación a un proyecto concreto o a soluciones alternativas al CTE ya que su valoración correspondería a la autoridad de control edificatorio.

•Las consultas deben precisar interpretación o aclaración y no encontrarse evidentemente resueltas aplicando el CTE y sus comentarios con el criterio y la discrecionalidad técnica siempre necesaria.

Se cuenta desde el Ministerio con un equipo de técnicos que responderán las dudas planteadas sobre los documentos DB-SE, DB-SI y DB-SUA desde el Área de Seguridad y Accesibilidad. Subdirección General de Arquitectura y Edificación. Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo. Ministerio de Fomento. Paseo de la Castellana 112, 28071 Madrid - España

Envía tus consultas exclusivamente al buzón de la Subdirección General de Arquitectura y Edificación: arquitectura@fomento.es

miércoles, 5 de junio de 2013

[127] Portón de garaje con puerta peatonal integrada. Bastidor inferior

Soy arquitecto municipal. He realizado una visita de inspección a un edificio plurifamiliar terminado, para la licencia de primera ocupación.
La licencia de obras fue informada por mi compañero, ahora jubilado.
Situación:
Garaje para 5 plazas. 165 m2 sup. útil. 
No comunicado con resto de edificio. 
Dos puertas de garaje, ambas con puerta peatonal integrada.
Consultas:
a) ¿Es admisible la puerta peatonal que tiene una barrera de unos 12 cm. en la parte inferior? El arquitecto director dice que es necesario, pues es el bastidor de la puerta principal.
b) La puerta es motorizada. Mi compañero exigió en el proyecto que no lo fuera, pero el director de obra me dice que ahora tienen un sistema de seguridad que las hace admisibles. Si es admisible no me parece lógico impedir que los usuarios puedan disfrutar de dicho sistema (obligándoles a un esfuerzo físico innecesario para abrir el portón del garaje, con los riesgos de seguridad nocturna derivados: salir del vehículo, etc.)
Respuesta
a) Como excepción a lo que se establece en SUA 1-2, en el caso de portones industriales o de garaje, se puede admitir la presencia del bastidor en la parte inferior necesario para garantizar la solidez de la puerta principal del portón. No obstante, en el caso de que el itinerario deba ser accesible conforme al SUA 9 la solución de puerta incluida en el portón no sería válida si no es posible su uso por usuarios de silla de ruedas. (Sobre la instalación de puertas peatonales integradas en portones de garaje véase también el comentario al apartado 2 del SUA 7).
b) En lo referente al portón ha de considerarse lo dispuesto en el párrafo 3 del apartado 1.2. Impacto con elementos practicables de la Sección 2 del DB SUA cuya redacción va a ser modificada en una orden de inminente aprobación y quedará como le indico a continuación (subrayadas las modificaciones):
3. Las puertas, portones y barreras situados en zonas accesibles a las personas y utilizadas para el paso de mercancías y vehículos tendrán marcado CE de conformidad con la norma UNE-EN 13241-1:2004 y su instalación, uso y mantenimiento se realizarán conforme a la norma UNE-EN 12635:2002+A1:2009 y la norma UNE 85635. Se excluyen de lo anterior las puertas peatonales de maniobra horizontal cuya superficie de hoja no exceda de 6,25 m² cuando sean de uso manual, así como las motorizadas que además tengan una anchura que no exceda de 2,50 m.

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