La UAAAP/blogdelaunion, entidad vinculada al CSCAE, colaborando con el Ministerio de Fomento, publicará en este blog en tiempo real, a la vez que se contesta al interesado, las respuestas oficiales a las dudas que se consideren de interés para el colectivo planteadas al Ministerio sobre los documentos DB-SE,DB-SI y DB-SUA.

Desde el Ministerio de Fomento nos indican unas pautas a tener en cuenta a la hora de hacer las consultas:

•Se exigen requisitos de claridad, concreción, concisión e identificación de quien formula la consulta.

•Las consultas se deberán referir al CTE ya que la aclaración o interpretación de cualquier otra reglamentación o norma no corresponde al Ministerio de Fomento.

•Las consultas debe hacer referencia al CTE en términos genéricos, y no a su aplicación a un proyecto concreto o a soluciones alternativas al CTE ya que su valoración correspondería a la autoridad de control edificatorio.

•Las consultas deben precisar interpretación o aclaración y no encontrarse evidentemente resueltas aplicando el CTE y sus comentarios con el criterio y la discrecionalidad técnica siempre necesaria.

Se cuenta desde el Ministerio con un equipo de técnicos que responderán las dudas planteadas sobre los documentos DB-SE, DB-SI y DB-SUA desde el Área de Seguridad y Accesibilidad. Subdirección General de Arquitectura y Edificación. Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo. Ministerio de Fomento. Paseo de la Castellana 112, 28071 Madrid - España

Envía tus consultas exclusivamente al buzón de la Subdirección General de Arquitectura y Edificación: arquitectura@fomento.es

martes, 11 de junio de 2013

[138] Resbaladicidad en aparcamientos

Tenemos un aparcamiento interior de dos plantas sótano dentro de un Edificio en el que las plantas superiores son de Uso Administrativo. 
En la anterior versión del DB SUA se especificaba claramente que el suelo de un aparcamiento debía cumplir Clase 3 en cuanto a resbaladicidad.
Sin embargo ahora no se hace mención a los aparcamientos y nos entra la duda de qué Clase debemos aplicar a la resina con la que vamos a pintar el suelo del mismo.
Revisando la Tabla 1.2 se indica que para zonas húmedas con pendiente menor al 6 %, debemos aplicar una Clase 2 y para zonas interiores secas debemos aplicar Clase 1.
Se puede suponer que el aparcamiento es zona interior seca en toda su superficie excepto en los seis primeros metros de la entrada de acuerdo a lo que indica el siguiente comentario de la norma después de la Tabla 1.2?:
En un principio hemos considerado aplicar resina Clase 2 a todas las calles del aparcamiento por donde circulan los coches y en las plazas aplicar resina Clase 1. Si bien es cierto, que nos preocupa los resbalones que puedan producirse en días de lluvia en la zona de plazas; pero revisando la Norma no nos queda claro lo que debemos aplicar.
Respuesta
El DB SUA vigente no establece condiciones de resbaladicidad para los suelos de las zonas de uso Aparcamiento.

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