La UAAAP/blogdelaunion, entidad vinculada al CSCAE, colaborando con el Ministerio de Fomento, publicará en este blog en tiempo real, a la vez que se contesta al interesado, las respuestas oficiales a las dudas que se consideren de interés para el colectivo planteadas al Ministerio sobre los documentos DB-SE,DB-SI y DB-SUA.

Desde el Ministerio de Fomento nos indican unas pautas a tener en cuenta a la hora de hacer las consultas:

•Se exigen requisitos de claridad, concreción, concisión e identificación de quien formula la consulta.

•Las consultas se deberán referir al CTE ya que la aclaración o interpretación de cualquier otra reglamentación o norma no corresponde al Ministerio de Fomento.

•Las consultas debe hacer referencia al CTE en términos genéricos, y no a su aplicación a un proyecto concreto o a soluciones alternativas al CTE ya que su valoración correspondería a la autoridad de control edificatorio.

•Las consultas deben precisar interpretación o aclaración y no encontrarse evidentemente resueltas aplicando el CTE y sus comentarios con el criterio y la discrecionalidad técnica siempre necesaria.

Se cuenta desde el Ministerio con un equipo de técnicos que responderán las dudas planteadas sobre los documentos DB-SE, DB-SI y DB-SUA desde el Área de Seguridad y Accesibilidad. Subdirección General de Arquitectura y Edificación. Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo. Ministerio de Fomento. Paseo de la Castellana 112, 28071 Madrid - España

Envía tus consultas exclusivamente al buzón de la Subdirección General de Arquitectura y Edificación: arquitectura@fomento.es

sábado, 15 de junio de 2013

[152] Ocupación en zonas de una discoteca

Planteo una consulta sobre la ocupación de una discoteca, que según la Tabla 2.1 del DB SI 3 del C.T.E., tendría una densidad de ocupación de 0,5 m²/pers. en zonas de público:
- ¿Es necesario considerar zonas de paso en las zonas del acceso, o en la entrada a los aseos, o incluso en zonas que se prevean de circulación de personas entre una zona y otra del local? ¿o la densidad de ocupación de 0,5 m²/pers. ya está previendo la existencia de estas zonas de paso y por tanto ha de tomarse la superficie total de esas zonas en las que no haya mesas y sillones (para esas zonas suponemos una densidad de 1,5 m²/pers.), con esa densidad de ocupación de 0,5 m²/pers., para calcular la ocupación del establecimiento?.
- En el entorno de las barras de bar de la discoteca, la densidad de ocupación a considerar, seguirá siendo la de 0,5 m²/pers., ¿o sería la de 1 m²/pers. que se indica en la Tabla 2.1 para zonas de público de pie en bares, cafeterías, etc.?
Respuesta
En una discoteca, la densidad de ocupación de 0,5 m²/persona debe aplicarse a todas las zonas de público, excepto a aquellas para las que el DB SI establezca otra densidad de ocupación diferente: público sentado (1,5 m²/pers) y zona de barra (1 m²/pers).

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