La UAAAP/blogdelaunion, entidad vinculada al CSCAE, colaborando con el Ministerio de Fomento, publicará en este blog en tiempo real, a la vez que se contesta al interesado, las respuestas oficiales a las dudas que se consideren de interés para el colectivo planteadas al Ministerio sobre los documentos DB-SE,DB-SI y DB-SUA.

Desde el Ministerio de Fomento nos indican unas pautas a tener en cuenta a la hora de hacer las consultas:

•Se exigen requisitos de claridad, concreción, concisión e identificación de quien formula la consulta.

•Las consultas se deberán referir al CTE ya que la aclaración o interpretación de cualquier otra reglamentación o norma no corresponde al Ministerio de Fomento.

•Las consultas debe hacer referencia al CTE en términos genéricos, y no a su aplicación a un proyecto concreto o a soluciones alternativas al CTE ya que su valoración correspondería a la autoridad de control edificatorio.

•Las consultas deben precisar interpretación o aclaración y no encontrarse evidentemente resueltas aplicando el CTE y sus comentarios con el criterio y la discrecionalidad técnica siempre necesaria.

Se cuenta desde el Ministerio con un equipo de técnicos que responderán las dudas planteadas sobre los documentos DB-SE, DB-SI y DB-SUA desde el Área de Seguridad y Accesibilidad. Subdirección General de Arquitectura y Edificación. Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo. Ministerio de Fomento. Paseo de la Castellana 112, 28071 Madrid - España

Envía tus consultas exclusivamente al buzón de la Subdirección General de Arquitectura y Edificación: arquitectura@fomento.es

martes, 18 de noviembre de 2014

[510] Ventana a rellano de escalera especialmente protegida en uso hospitalario

Efectúo la siguiente consulta sobre el DB-SI2 Propagación exterior.
Para los casos de escaleras abiertas al exterior, que sirvan como núcleos de evacuación descendentes situadas en el extremo de un ala de planta de habitaciones geriátricas (uso hospitalario), que disponen de un trazado constituido por el ámbito de la escalera propiamente dicha y por la meseta de espera, dispuesta a modo de “galería o balcón” exterior ; y a los efectos de cumplir con lo estipulado en el DB-SI sobre limitación del riesgo de propagación exterior horizontal del incendio a través de la fachada, y que no tratándose de una situación de riesgo entre “dos sectores de incendios”, ni entre “una zona de riesgo especialmente alto”, ni tampoco hacia una “escalera protegida o pasillo protegido desde otras zonas”, sino de otras zonas hacia una escalera abierta al exterior, que tiene la consideración de “escalera especialmente protegida”, se plantean las siguientes cuestiones:
¿Es admisible la existencia o apertura de una ventana en fachada, que abra frontalmente al recinto de espera de la meseta de dicha escalera exterior? (se adjunta croquis indicativo) ¿Qué condiciones de protección le serian de aplicación a la ventana a tenor del DB-SI2?
Respuesta
Un elemento que separa una escalera especialmente protegida del edificio debe ser EI 120 y no puede contener ventanas que den al ámbito protegido de la escalera. La puerta de salida a la escalera a través de dicho elemento separador, si es única por carecer la escalera de vestíbulo de independencia al ser abierta al exterior, debe ser EI260-C5.
El hecho de que, en un uso asimilable a hospitalario (p. ej. un geriátrico) el rellano de la escalera en cuestión sea zona de espera de ocupantes, no cambia nada de lo anterior, sino que, al contrario, lo hace aún más exigible si cabe.

No hay comentarios:

Publicar un comentario