La UAAAP/blogdelaunion, entidad vinculada al CSCAE, colaborando con el Ministerio de Fomento, publicará en este blog en tiempo real, a la vez que se contesta al interesado, las respuestas oficiales a las dudas que se consideren de interés para el colectivo planteadas al Ministerio sobre los documentos DB-SE,DB-SI y DB-SUA.

Desde el Ministerio de Fomento nos indican unas pautas a tener en cuenta a la hora de hacer las consultas:

•Se exigen requisitos de claridad, concreción, concisión e identificación de quien formula la consulta.

•Las consultas se deberán referir al CTE ya que la aclaración o interpretación de cualquier otra reglamentación o norma no corresponde al Ministerio de Fomento.

•Las consultas debe hacer referencia al CTE en términos genéricos, y no a su aplicación a un proyecto concreto o a soluciones alternativas al CTE ya que su valoración correspondería a la autoridad de control edificatorio.

•Las consultas deben precisar interpretación o aclaración y no encontrarse evidentemente resueltas aplicando el CTE y sus comentarios con el criterio y la discrecionalidad técnica siempre necesaria.

Se cuenta desde el Ministerio con un equipo de técnicos que responderán las dudas planteadas sobre los documentos DB-SE, DB-SI y DB-SUA desde el Área de Seguridad y Accesibilidad. Subdirección General de Arquitectura y Edificación. Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo. Ministerio de Fomento. Paseo de la Castellana 112, 28071 Madrid - España

Envía tus consultas exclusivamente al buzón de la Subdirección General de Arquitectura y Edificación: arquitectura@fomento.es

martes, 6 de octubre de 2015

[767] Ocupación en zonas de público en discotecas

Quisiera contestasen a una consulta que se me ha planteado al informar un proyecto de un "pub" al que se le quiere cambiar el uso a "discoteca".
El técnico redactor de dicho proyecto ha calculado un aforo de 94 personas, para lo que solo es necesario una salida de emergencia (aforo inferior a 100 personas).
En dicho cálculo ha diferenciando zonas de público sentado con una ocupación de 1.5 m²/persona y zona de pie con una ocupación de 0.5 m²/persona...
Sin embargo, la Tabla 2.1 "Densidad de ocupación" del Documento Básico SI Seguridad en caso de incendio no hace distinción de zonas de público sentados cuando habla de discotecas, si no que deja muy claro que las "Zonas de público en discotecas" (sin indicar sentados ni de pie) la ocupación es de 0.5 m²/persona... Sólamente hace distinción de Zonas de público sentado en bares, cafeterías, restaurantes, etc. no siendo éstas actividades el caso que nos ocupa.
Por lo que mi duda es si el técnico redactor ha realizado bien el cálculo diferenciando entre sentados, o de pie o si por el contrario, el cálculo del aforo se realizaría solamente en todas las zonas de público (desestimando barra, aseos y vestibulo de acceso) con una ocupación de 0.5 m²/persona.
Respuesta
1. El DB-SI no se refiere al aforo, sino a la ocupación a considerar en el proyecto. Ver consulta [410]:
2. En las zonas de público de una discoteca, para las que el DB-SI establece, en general, una densidad de 0,5 pers/m², es correcto diferenciar las zonas para público sentado, en las que por asimilación a las de público sentado en bares, cafeterías y restaurantes la densidad de ocupación a aplicar seria 1,5 m2/pers. También sería correcto diferenciar las zonas próximas a las barras, las cuales pueden asimilarse a las zonas de público de pie en bares, cafeterías, etc., cuya densidad de ocupación a aplicar sería 1 per/m².
En relación con la definición de las zonas de ocupación diferenciada véase el comentario del DB-SI sobre dicha cuestión.

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