La UAAAP/blogdelaunion, entidad vinculada al CSCAE, colaborando con el Ministerio de Fomento, publicará en este blog en tiempo real, a la vez que se contesta al interesado, las respuestas oficiales a las dudas que se consideren de interés para el colectivo planteadas al Ministerio sobre los documentos DB-SE,DB-SI y DB-SUA.

Desde el Ministerio de Fomento nos indican unas pautas a tener en cuenta a la hora de hacer las consultas:

•Se exigen requisitos de claridad, concreción, concisión e identificación de quien formula la consulta.

•Las consultas se deberán referir al CTE ya que la aclaración o interpretación de cualquier otra reglamentación o norma no corresponde al Ministerio de Fomento.

•Las consultas debe hacer referencia al CTE en términos genéricos, y no a su aplicación a un proyecto concreto o a soluciones alternativas al CTE ya que su valoración correspondería a la autoridad de control edificatorio.

•Las consultas deben precisar interpretación o aclaración y no encontrarse evidentemente resueltas aplicando el CTE y sus comentarios con el criterio y la discrecionalidad técnica siempre necesaria.

Se cuenta desde el Ministerio con un equipo de técnicos que responderán las dudas planteadas sobre los documentos DB-SE, DB-SI y DB-SUA desde el Área de Seguridad y Accesibilidad. Subdirección General de Arquitectura y Edificación. Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo. Ministerio de Fomento. Paseo de la Castellana 112, 28071 Madrid - España

Envía tus consultas exclusivamente al buzón de la Subdirección General de Arquitectura y Edificación: arquitectura@fomento.es

miércoles, 21 de octubre de 2015

[775] Aplicación DB-SI y DB-SUA en reforma de local sin cambio del uso característico

Consulta en relación con la aplicación del CTE en general y de los DB-SI y DB-SUA en particular.
En la Parte I del CTE, Ámbito de aplicación, se aplicará cuando haya un cambio de uso característico de un edificio o un establecimiento.
La pregunta es qué se entiende exactamente por uso característico a efectos del cumplimiento del CTE. Es decir, si usos característicos son los definidos en los Anexos de Terminología correspondientes en el DB-SI y DB-SUA, o si por el contrario, un cambio de actividad, pero manteniendo ese mismo uso "genérico", supone un cambio de uso característico.
Pongo algunos ejemplos concretos que se me han dado últimamente:
- tienda de venta de audífonos que pasa a ser tienda de venta de accesorios para móviles - uso comercial
- zapatería que pasa a ser peluquería - uso comercial
- pub que pasa a ser restaurante - uso pública concurrencia
En resumen, la pregunta es si en estos casos se entiende que existe cambio de uso característico a efectos del cumplimiento de los DB-SI y DB-SUA.
Por otro lado, y en relación con lo anterior, si la actividad inicial cesó y transcurridos unos años se pretende iniciar una nueva actividad sin modificar el uso "genérico", ¿son de aplicación los citados DBs?
Pongo de ejemplo el caso del restaurante. Se trata de una vivienda deshabitada que tuvo en su día uso de pub. Durante años se ha estado utilizando como casal probablemente sin licencia, y actualmente se pretende habilitar un restaurante. El último uso "legal" que tuvo la edificación es el de pub, y por lo tanto, no habría cambio de uso característico, y los DBs solo serían de aplicación a los elementos que se pretendan reformar. ¿Es correcto?
Respuesta
1. Ver los siguientes comentarios vinculados al punto 2 del apartado III Criterios generales de aplicación del DB-SUA:
- Cambio de uso característico de un edificio o establecimiento.
- Uso y cambio de uso a efectos del DB SUA.
2. En efecto, un local con licencia de actividad como pub y que pasa a ser restaurante no cambia su uso característico en relación con el DB-SI y el DB-SUA. No obstante, la reforma que se lleve a cabo en él debe ajustarse a lo que se establece el al apartado III Criterios de aplicación de la Introducción de dichos DB, con independencia del criterio del Ayuntamiento a la hora de otorgar una licencia.

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