La UAAAP/blogdelaunion, entidad vinculada al CSCAE, colaborando con el Ministerio de Fomento, publicará en este blog en tiempo real, a la vez que se contesta al interesado, las respuestas oficiales a las dudas que se consideren de interés para el colectivo planteadas al Ministerio sobre los documentos DB-SE,DB-SI y DB-SUA.

Desde el Ministerio de Fomento nos indican unas pautas a tener en cuenta a la hora de hacer las consultas:

•Se exigen requisitos de claridad, concreción, concisión e identificación de quien formula la consulta.

•Las consultas se deberán referir al CTE ya que la aclaración o interpretación de cualquier otra reglamentación o norma no corresponde al Ministerio de Fomento.

•Las consultas debe hacer referencia al CTE en términos genéricos, y no a su aplicación a un proyecto concreto o a soluciones alternativas al CTE ya que su valoración correspondería a la autoridad de control edificatorio.

•Las consultas deben precisar interpretación o aclaración y no encontrarse evidentemente resueltas aplicando el CTE y sus comentarios con el criterio y la discrecionalidad técnica siempre necesaria.

Se cuenta desde el Ministerio con un equipo de técnicos que responderán las dudas planteadas sobre los documentos DB-SE, DB-SI y DB-SUA desde el Área de Seguridad y Accesibilidad. Subdirección General de Arquitectura y Edificación. Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo. Ministerio de Fomento. Paseo de la Castellana 112, 28071 Madrid - España

Envía tus consultas exclusivamente al buzón de la Subdirección General de Arquitectura y Edificación: arquitectura@fomento.es

lunes, 26 de octubre de 2015

[778] Aplicación del DB-SUA a electrodomésticos

En el Anejo A del DB-SUA se incluye el concepto de Mecanismo accesible y se describen las características que debe cumplir para tener tal consideración.
Sin embargo, no veo clara la aplicación de este concepto, ya que se mencionan en la descripción los elementos de mando y control, tomas de corriente o señal, interruptores o pulsadores.
Mi consulta es: ¿tienen la consideración de mecanismo los paneles de mando de lavadoras, secadoras, frigoríficos o similares? ¿Deben aplicarse las restricciones de altura a la posición de los paneles de mando de estos aparatos?
Respuesta
Las condiciones del CTE DB-SUA son aplicables a los edificios, no a los aparatos electrodomésticos.

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