La UAAAP/blogdelaunion, entidad vinculada al CSCAE, colaborando con el Ministerio de Fomento, publicará en este blog en tiempo real, a la vez que se contesta al interesado, las respuestas oficiales a las dudas que se consideren de interés para el colectivo planteadas al Ministerio sobre los documentos DB-SE,DB-SI y DB-SUA.

Desde el Ministerio de Fomento nos indican unas pautas a tener en cuenta a la hora de hacer las consultas:

•Se exigen requisitos de claridad, concreción, concisión e identificación de quien formula la consulta.

•Las consultas se deberán referir al CTE ya que la aclaración o interpretación de cualquier otra reglamentación o norma no corresponde al Ministerio de Fomento.

•Las consultas debe hacer referencia al CTE en términos genéricos, y no a su aplicación a un proyecto concreto o a soluciones alternativas al CTE ya que su valoración correspondería a la autoridad de control edificatorio.

•Las consultas deben precisar interpretación o aclaración y no encontrarse evidentemente resueltas aplicando el CTE y sus comentarios con el criterio y la discrecionalidad técnica siempre necesaria.

Se cuenta desde el Ministerio con un equipo de técnicos que responderán las dudas planteadas sobre los documentos DB-SE, DB-SI y DB-SUA desde el Área de Seguridad y Accesibilidad. Subdirección General de Arquitectura y Edificación. Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo. Ministerio de Fomento. Paseo de la Castellana 112, 28071 Madrid - España

Envía tus consultas exclusivamente al buzón de la Subdirección General de Arquitectura y Edificación: arquitectura@fomento.es

lunes, 15 de febrero de 2016

[866] Anchura de pasillos en uso comercial con uso de carros pequeños

- En establecimientos de uso Comercial, la anchura mínima de los pasillos situados en áreas de venta es la siguiente:
a) Si la superficie construida del área de ventas en la planta considerada excede de 400 m² :
- si está previsto el uso de carros para transporte de productos:
- entre baterías con más de 10 cajas de cobro y estanterías: A ≥ 4,00 m.
- en otros pasillos: A ≥ 1,80 m.
- si no está previsto el uso de carros para transporte de productos: A ≥ 1,40 m.
Si el uso previsto es con carros pero de los pequeños, no de los habituales en los supermercados, sino de los que son más pequeños (tamaño cesta) mas habituales en ferreterías y bazares (como sería nuestro caso, un local destinado al uso de bazar), en este caso, ¿Se podría considerar el ancho mínimo de pasillo de 1,40 m.?
Respuesta
En las áreas de venta de establecimientos comerciales en las que se utilicen pequeños carros o cestas para el transporte de productos, puede tomarse como anchura mínima de pasillos la establecida para el caso en el que no está previsto el uso de carros.

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