La UAAAP/blogdelaunion, entidad vinculada al CSCAE, colaborando con el Ministerio de Fomento, publicará en este blog en tiempo real, a la vez que se contesta al interesado, las respuestas oficiales a las dudas que se consideren de interés para el colectivo planteadas al Ministerio sobre los documentos DB-SE,DB-SI y DB-SUA.

Desde el Ministerio de Fomento nos indican unas pautas a tener en cuenta a la hora de hacer las consultas:

•Se exigen requisitos de claridad, concreción, concisión e identificación de quien formula la consulta.

•Las consultas se deberán referir al CTE ya que la aclaración o interpretación de cualquier otra reglamentación o norma no corresponde al Ministerio de Fomento.

•Las consultas debe hacer referencia al CTE en términos genéricos, y no a su aplicación a un proyecto concreto o a soluciones alternativas al CTE ya que su valoración correspondería a la autoridad de control edificatorio.

•Las consultas deben precisar interpretación o aclaración y no encontrarse evidentemente resueltas aplicando el CTE y sus comentarios con el criterio y la discrecionalidad técnica siempre necesaria.

Se cuenta desde el Ministerio con un equipo de técnicos que responderán las dudas planteadas sobre los documentos DB-SE, DB-SI y DB-SUA desde el Área de Seguridad y Accesibilidad. Subdirección General de Arquitectura y Edificación. Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo. Ministerio de Fomento. Paseo de la Castellana 112, 28071 Madrid - España

Envía tus consultas exclusivamente al buzón de la Subdirección General de Arquitectura y Edificación: arquitectura@fomento.es

martes, 18 de febrero de 2014

[302] Usuarios habituales en centro de podología y fisioterapia

En un local que se va a destinar a centro de podología y fisioterapia, al que acuden pacientes con cita previa, ¿pueden considerarse los pacientes como usuarios habituales, a efectos de considerar una zona como de uso restringido para aplicar las condiciones del Documento Básico de Seguridad de Utilización y Accesibilidad?
Respuesta
Conforme al siguiente comentario al apartado III Criterios generales de aplicación de la sección Introducción, punto 1, del DB SI, una consulta de podología y fisioterapia de "pequeña entidad" se podría asimilar a uso Administrativo y a uso privado:
Pero en ningún caso al uso restringido como se establece en la definición del mismo en el apartado Anejo A, Terminología, puesto que no todos los clientes se pueden considerar usuarios habituales y no cabe pensar que pronto adquieren un razonable grado de soltura en el espacio en el que se desenvuelven:

1 comentario:

Andrea Ayora dijo...

Cuando hablamos de establecimientos de pequeña entidad con un límite de 100m2 de superficie y 10 personas de ocupación, para el dimensionamiento de pasillos, esas 10 personas son la ocupación total del establecimiento o la ocupación de la zona a evacuar por dicho pasillo?

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