La UAAAP/blogdelaunion, entidad vinculada al CSCAE, colaborando con el Ministerio de Fomento, publicará en este blog en tiempo real, a la vez que se contesta al interesado, las respuestas oficiales a las dudas que se consideren de interés para el colectivo planteadas al Ministerio sobre los documentos DB-SE,DB-SI y DB-SUA.

Desde el Ministerio de Fomento nos indican unas pautas a tener en cuenta a la hora de hacer las consultas:

•Se exigen requisitos de claridad, concreción, concisión e identificación de quien formula la consulta.

•Las consultas se deberán referir al CTE ya que la aclaración o interpretación de cualquier otra reglamentación o norma no corresponde al Ministerio de Fomento.

•Las consultas debe hacer referencia al CTE en términos genéricos, y no a su aplicación a un proyecto concreto o a soluciones alternativas al CTE ya que su valoración correspondería a la autoridad de control edificatorio.

•Las consultas deben precisar interpretación o aclaración y no encontrarse evidentemente resueltas aplicando el CTE y sus comentarios con el criterio y la discrecionalidad técnica siempre necesaria.

Se cuenta desde el Ministerio con un equipo de técnicos que responderán las dudas planteadas sobre los documentos DB-SE, DB-SI y DB-SUA desde el Área de Seguridad y Accesibilidad. Subdirección General de Arquitectura y Edificación. Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo. Ministerio de Fomento. Paseo de la Castellana 112, 28071 Madrid - España

Envía tus consultas exclusivamente al buzón de la Subdirección General de Arquitectura y Edificación: arquitectura@fomento.es

martes, 9 de abril de 2013

[076] Evacuación de almacenes de combustible sólido por garaje

Se pretende disponer un almacén para acopio de combustible sólido en el ámbito del garaje de una vivienda unifamiliar.
Según la tabla 2.1 del DB-SI , los almacenes destinados a acopio de combustibles sólidos se clasifican en función de los metros cuadrados construidos, en locales especiales de riesgo bajo o medio (siendo necesario además en este último caso la colocación previa de un vestíbulo de independencia).
El garaje constituye ya de por sí un local especial de riesgo bajo, sin embargo la normativa parece no permitir la evacuación de un local especial a través de otro cuando estos no se destinan al mismo uso (pag.65 DB-SI comentado).
Debido a la configuración del garaje en este caso particular, donde tres de sus cuatro lados se encuentran bajo rasante, se hace inviable la disposición de un acceso exterior independiente para el almacén de combustible, que permitiese cumplir con los requisitos normativos vigentes.
En conversaciones mantenidas con empresas instaladoras del sector, comentan que en la práctica habitual instalaciones de este tipo se realizan y legalizan sin problema, disponiendo silos de más de 3m² construidos sin vestíbulos de independencia y con evacuación a través del garaje, alegando que “… la actual normativa DB-SI está penalizando excesivamente la implantación de instalaciones de biomasa en viviendas unifamiliares y que esta modificará en breve los puntos anteriormente citados…”
Desconociendo la veracidad de ese tipo de afirmaciones, es por eso que me dirijo a ustedes para ver si pueden arrojar un poco de luz sobre el asunto.
Respuesta
No está prevista ninguna modificación específicamente relacionada con los almacenes de combustible sólido o con su evacuación. Por tanto, se mantiene la exigencia de que cuando su superficie exceda de 3 m² se deben considerar local de riesgo especial medio y por tanto deben disponer de vestíbulo de independencia.
Lo que sí hemos considerado, a la vista del problema que plantea la consulta, es la conveniencia de suprimir, en el comentario que se cita, lo que se marca en rojo:

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