La UAAAP/blogdelaunion, entidad vinculada al CSCAE, colaborando con el Ministerio de Fomento, publicará en este blog en tiempo real, a la vez que se contesta al interesado, las respuestas oficiales a las dudas que se consideren de interés para el colectivo planteadas al Ministerio sobre los documentos DB-SE,DB-SI y DB-SUA.

Desde el Ministerio de Fomento nos indican unas pautas a tener en cuenta a la hora de hacer las consultas:

•Se exigen requisitos de claridad, concreción, concisión e identificación de quien formula la consulta.

•Las consultas se deberán referir al CTE ya que la aclaración o interpretación de cualquier otra reglamentación o norma no corresponde al Ministerio de Fomento.

•Las consultas debe hacer referencia al CTE en términos genéricos, y no a su aplicación a un proyecto concreto o a soluciones alternativas al CTE ya que su valoración correspondería a la autoridad de control edificatorio.

•Las consultas deben precisar interpretación o aclaración y no encontrarse evidentemente resueltas aplicando el CTE y sus comentarios con el criterio y la discrecionalidad técnica siempre necesaria.

Se cuenta desde el Ministerio con un equipo de técnicos que responderán las dudas planteadas sobre los documentos DB-SE, DB-SI y DB-SUA desde el Área de Seguridad y Accesibilidad. Subdirección General de Arquitectura y Edificación. Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo. Ministerio de Fomento. Paseo de la Castellana 112, 28071 Madrid - España

Envía tus consultas exclusivamente al buzón de la Subdirección General de Arquitectura y Edificación: arquitectura@fomento.es

lunes, 29 de abril de 2013

[102] Dos salidas de planta a un pasillo protegido

Tengo una duda con respecto a la aplicación del cómputo de salidas de planta enunciado en el CTE. Se trata de una planta de oficinas cuya ocupación excede de 100 personas por lo que, aplicando el Código Técnico son preceptivas dos salidas de planta.
La duda que me planteo es la consideración de salida de planta. ¿Es posible disponer de una sola escalera especialmente protegida a cuyo vestíbulo de independencia se acceda por dos puertas considerando cada una de ellas una salida de planta o bien, cuando el CTE dice que será salida de planta “el arranque de una escalera compartimentada como los sectores de incendio, o una puerta de acceso a una escalera protegida, a un pasillo protegido o al vestíbulo de independencia de una escalera especialmente protegida”, quiere decir que se aplica una salida por escalera.
Respuesta
Un pasillo protegido que conecta con una escalera protegida o especialmente protegida (en realidad, el segundo caso es innecesario puesto que el propio pasillo protegido sería el vestíbulo de independencia de la escalera) puede disponer de dos salidas de planta, pero no de más. Véase comentario publicado:
Por otra parte, aunque en la consulta no se menciona la altura de evacuación del edificio, se dice que es de uso Administrativo y como la escalera es especialmente protegida cabe pensar que dicha altura es mayor de 28 m. En ese caso se recuerda que, como dicha altura obliga a que exista más de una salida de planta, al menos dos de ellas deben conducir a dos escaleras diferentes. Por tanto el edificio precisa tener dos escaleras especialmente protegidas.

1 comentario:

Unknown dijo...

¿Quiere eso decir que en un edificio de menos de 28 metros de altura de evacuación pero ocupación superior a 100 personas (uso residencial público), las dos salidas de planta pueden confluir en una escalera protegida a través de sendos vestíbulos de independencia, no siendo necesarias dos escaleras? Gracias

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