La UAAAP/blogdelaunion, entidad vinculada al CSCAE, colaborando con el Ministerio de Fomento, publicará en este blog en tiempo real, a la vez que se contesta al interesado, las respuestas oficiales a las dudas que se consideren de interés para el colectivo planteadas al Ministerio sobre los documentos DB-SE,DB-SI y DB-SUA.

Desde el Ministerio de Fomento nos indican unas pautas a tener en cuenta a la hora de hacer las consultas:

•Se exigen requisitos de claridad, concreción, concisión e identificación de quien formula la consulta.

•Las consultas se deberán referir al CTE ya que la aclaración o interpretación de cualquier otra reglamentación o norma no corresponde al Ministerio de Fomento.

•Las consultas debe hacer referencia al CTE en términos genéricos, y no a su aplicación a un proyecto concreto o a soluciones alternativas al CTE ya que su valoración correspondería a la autoridad de control edificatorio.

•Las consultas deben precisar interpretación o aclaración y no encontrarse evidentemente resueltas aplicando el CTE y sus comentarios con el criterio y la discrecionalidad técnica siempre necesaria.

Se cuenta desde el Ministerio con un equipo de técnicos que responderán las dudas planteadas sobre los documentos DB-SE, DB-SI y DB-SUA desde el Área de Seguridad y Accesibilidad. Subdirección General de Arquitectura y Edificación. Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo. Ministerio de Fomento. Paseo de la Castellana 112, 28071 Madrid - España

Envía tus consultas exclusivamente al buzón de la Subdirección General de Arquitectura y Edificación: arquitectura@fomento.es

viernes, 19 de abril de 2013

[085] Acabado que supera el 5% de la superficie de paredes


En el DB-SI tabla.4.1. Se fija que la superficie máxima de acabado que no cumpla la clasificación exigida de cada sector no puede sobrepasar el 5% del total de los paramentos.
En un pasillo de distribución se habían proyectado unos tableros de aglomerado de partículas de madera de 18 mm de espesor recubierto con chapado de madera natural barnizada . El proyecto fue elaborado en el año 2006. En la actualidad , a la hora de realizar la obra , nos encontramos con que dichos paneles no cumplen la clasificación mínima ,según el CTE , de B-S1,D0.
Dado que dicho paramento supone un porcentaje mayor del 5% de los paramentos de dicho sector de incendio (12%) nos vemos en la necesidad de cambiar dicho acabado superficial por el de melamina imitación madera con una calificación de B-S1,D0.
Queríamos saber si la interpretación que hemos hecho de dicho articulo es correcta o si por el contrario podemos dejar el acabado que tenia el proyecto.
Respuesta
La realización de la obra “en la actualidad”, ampliamente superadas todas las etapas transitorias del Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprobó el CTE, supone que hay que adaptar la totalidad del proyecto a las exigencias del CTE, no solo la cuestión planteada.
Sobre dicha cuestión conviene tener en cuenta el comentario que ha publicado este Ministerio al respecto:

No hay comentarios:

Publicar un comentario