La UAAAP/blogdelaunion, entidad vinculada al CSCAE, colaborando con el Ministerio de Fomento, publicará en este blog en tiempo real, a la vez que se contesta al interesado, las respuestas oficiales a las dudas que se consideren de interés para el colectivo planteadas al Ministerio sobre los documentos DB-SE,DB-SI y DB-SUA.

Desde el Ministerio de Fomento nos indican unas pautas a tener en cuenta a la hora de hacer las consultas:

•Se exigen requisitos de claridad, concreción, concisión e identificación de quien formula la consulta.

•Las consultas se deberán referir al CTE ya que la aclaración o interpretación de cualquier otra reglamentación o norma no corresponde al Ministerio de Fomento.

•Las consultas debe hacer referencia al CTE en términos genéricos, y no a su aplicación a un proyecto concreto o a soluciones alternativas al CTE ya que su valoración correspondería a la autoridad de control edificatorio.

•Las consultas deben precisar interpretación o aclaración y no encontrarse evidentemente resueltas aplicando el CTE y sus comentarios con el criterio y la discrecionalidad técnica siempre necesaria.

Se cuenta desde el Ministerio con un equipo de técnicos que responderán las dudas planteadas sobre los documentos DB-SE, DB-SI y DB-SUA desde el Área de Seguridad y Accesibilidad. Subdirección General de Arquitectura y Edificación. Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo. Ministerio de Fomento. Paseo de la Castellana 112, 28071 Madrid - España

Envía tus consultas exclusivamente al buzón de la Subdirección General de Arquitectura y Edificación: arquitectura@fomento.es

viernes, 26 de abril de 2013

[097] Vestíbulo acústico de acceso y círculo de 1,50 m

Según el CTE DBSUA Terminología Itinerario accesible:
" Espacio para giro - Diámetro Ø 1,50 m libre de obstáculos en el vestíbulo de entrada, o portal, al fondo de pasillos de más de 10 m y frente a ascensores accesibles o al espacio dejado en previsión para ellos - Pasillos y pasos - Anchura libre de paso 1,20 m. .."
He realizado un proyecto de Actividad de un Bar en Madrid ( capital), y por exigencias de Ordenanza Municipal, hay que dotar al local, de un vestíbulo acústico. He proyectado un vestíbulo, de dimensiones las indicadas en el plano pdf que adjunto, es decir, un ancho mínimo de 1,20 m. Desde los Servicios Técnicos que examinan mi Proyecto, me indican, que el vestíbulo acústico es un vestíbulo de entrada, y por tanto, ha de tener un espacio de giro de 1,50 m. Yo entiendo, que el vestíbulo acústico, no es un vestíbulo de entrada a un edificio o actividad (como puede ser un hall,etc), sino que también puede tratarse de un pasillo con menos de 10 m. de longitud, y por tanto, 1,20 m, de anchura mínima.
Espero, por favor, que con este relato de los hechos y el plano que adjunto, puedan indicar, si la solución del vestibulo realizada por mi es válida. En todo caso, si esta consulta mía fuera importante, pueda quedar recogida en posteriores actualizaciones o aclaraciones a la Norma.
Respuesta
El que un vestíbulo se haya planteado como vestíbulo acústico o cortavientos no implica que el mismo no sea un vestíbulo de entrada. Un vestíbulo a través del cual se realiza el acceso a un establecimiento ha de considerarse como vestíbulo de entrada al mismo a efectos del cumplimiento de lo dispuesto sobre Espacios para giro en la definición de Itinerario Accesible del Anejo A Terminología del DB SUA.
Así mismo le informo de que en la modificación del DB SUA de inminente aprobación las condiciones que se imponen a estos espacios para giro son las siguientes (subrayado aparece la modificación):

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