La UAAAP/blogdelaunion, entidad vinculada al CSCAE, colaborando con el Ministerio de Fomento, publicará en este blog en tiempo real, a la vez que se contesta al interesado, las respuestas oficiales a las dudas que se consideren de interés para el colectivo planteadas al Ministerio sobre los documentos DB-SE,DB-SI y DB-SUA.

Desde el Ministerio de Fomento nos indican unas pautas a tener en cuenta a la hora de hacer las consultas:

•Se exigen requisitos de claridad, concreción, concisión e identificación de quien formula la consulta.

•Las consultas se deberán referir al CTE ya que la aclaración o interpretación de cualquier otra reglamentación o norma no corresponde al Ministerio de Fomento.

•Las consultas debe hacer referencia al CTE en términos genéricos, y no a su aplicación a un proyecto concreto o a soluciones alternativas al CTE ya que su valoración correspondería a la autoridad de control edificatorio.

•Las consultas deben precisar interpretación o aclaración y no encontrarse evidentemente resueltas aplicando el CTE y sus comentarios con el criterio y la discrecionalidad técnica siempre necesaria.

Se cuenta desde el Ministerio con un equipo de técnicos que responderán las dudas planteadas sobre los documentos DB-SE, DB-SI y DB-SUA desde el Área de Seguridad y Accesibilidad. Subdirección General de Arquitectura y Edificación. Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo. Ministerio de Fomento. Paseo de la Castellana 112, 28071 Madrid - España

Envía tus consultas exclusivamente al buzón de la Subdirección General de Arquitectura y Edificación: arquitectura@fomento.es

jueves, 19 de enero de 2017

[1075] Limpieza de acristalamientos

En el punto 5 del SUA 1 "Limpieza de acristalamientos exteriores", indica que a alturas superiores a los 6m sobre rasante exterior con vidrio transparente se cumplirán las condiciones indicadas enla tabla 5.1 para su limpieza salvo "cuando sean practicables (...) permitiendo su limpieza desde el interior". 
¿Hallándome en esta situación,sería posible el siguiente planteamiento?:
1. Hueco de 5m de largo por 5 de altura.
2. Cerrar dicho hueco hasta una altura de 4 metros con 6 unidades practicables compuestas por carpintería de aluminio y vidrio aislante transparente. 
3. Cada una de las seis unidades con apertura practicable (sistema abisagrado que gira sobre su eje vertical) de forma que se acceda desde el interior de la vivienda a la totalidad de la cara exterior del vidrio.
4. Se dispone en fachada una barandilla de vidrio (no escalable) hasta una altura de 1.10m. 
5. El tramo más alto, de un metro de altura, se plantea con un vidrio aislante transparente formando un mainel no practicable (fijo). A Dicha superficie de vidrio se le superpone por el exterior una lámina de metal extruído que sombrea dicho vidrio e impide su ensuciamiento.
¿Y este otro planteamiento alternativo?:
1. Montaje similar cambiando las 6 unidades practicables por una corredera de tres hojas que cubre la misma superficie, es decir, 5x4m.
Respuesta
La cuestión planteada no precisa interpretaciones o aclaraciones de este Ministerio, ya que se puede resolver aplicando el CTE u otra reglamentación vigente, los documentos de apoyo, comentarios y consultas publicados y el siempre imprescindible criterio técnico discrecional.
Véase comentario al apartado SUA1-5.

[1074] Mecanismos accesibles. Detector de presencia

Según el DB SUA, anexo A terminología, mecanismos accesibles:
“- No se admite iluminación con temporización en cabinas de aseos accesibles y vestuarios accesibles.”
Mi pregunta es la siguiente:
¿Son admisibles los encendidos mediante detectores de presencia en dichas cabinas?
Respuesta
La cuestión planteada no precisa interpretaciones o aclaraciones de este Ministerio, ya que se puede resolver aplicando el CTE u otra reglamentación vigente, los documentos de apoyo, comentarios y consultas publicados y el siempre imprescindible criterio técnico discrecional.
Ver comentario a la definición de mecanismos accesibles: Iluminación con detección de presencia

martes, 10 de enero de 2017

[1073] Resistencia al fuego de estructura exterior

Les escribo a propósito de una duda interpretativa de la aplicación del DB – SI6 del CTE.
En un edificio en el que parte de la estructura portante que forma parte del sistema estructural es exterior, es decir, se encuentra más allá de la fachada:
- ¿Se puede concluir directamente que la estructura exterior está exenta de justificar ningún tipo de resistencia al fuego? o
- Se le aplica la tabla 3.1 del DB – SI6 o en su caso se estudia un nivel de protección diferente siguiendo una metodología de ingeniería de incendios como el punto 1 Generalidades del DB – SI6 menciona?
Respuesta
En contestación a su consulta le informamos de que las exigencias de resistencia al fuego de los elementos estructurales que se establecen en el DB SI 6-3 se refieren a elementos situados en el interior del edificio y sometidos a la acción térmica representada por la curva normalizada tiempo-temperatura.
Los elementos exteriores están, en general, sometidos a una acción térmica menos severa, por lo que su resistencia al fuego puede ser sensiblemente menor. Salvo que, muy del lado de la seguridad, se opte por que los elementos estructurales exteriores aporten la misma resistencia al fuego que la que la reglamentación exige a los interiores, la determinación de la resistencia al fuego necesaria en los primeros debe hacerse, de forma particularizada para cada caso, aplicando procedimientos analíticos que tengan en cuenta las condiciones singulares de disipación térmica, configuración, características de la fachada y de los huecos próximos al elemento, cornisas o voladizos, etc.
Uno de dichos procedimientos es el que desarrolla la norma UNE-EN 1991-1-2. Eurocódigo 1: Acciones en estructuras. Parte 1-2: Acciones generales. Acciones en estructuras sometidas a fuego. Anejo B: Acciones térmicas sobre elementos exteriores.
Lo anterior está contemplado en el DB SI 6-1, puntos 2 a 6.