La UAAAP/blogdelaunion, entidad vinculada al CSCAE, colaborando con el Ministerio de Fomento, publicará en este blog en tiempo real, a la vez que se contesta al interesado, las respuestas oficiales a las dudas que se consideren de interés para el colectivo planteadas al Ministerio sobre los documentos DB-SE,DB-SI y DB-SUA.

Desde el Ministerio de Fomento nos indican unas pautas a tener en cuenta a la hora de hacer las consultas:

•Se exigen requisitos de claridad, concreción, concisión e identificación de quien formula la consulta.

•Las consultas se deberán referir al CTE ya que la aclaración o interpretación de cualquier otra reglamentación o norma no corresponde al Ministerio de Fomento.

•Las consultas debe hacer referencia al CTE en términos genéricos, y no a su aplicación a un proyecto concreto o a soluciones alternativas al CTE ya que su valoración correspondería a la autoridad de control edificatorio.

•Las consultas deben precisar interpretación o aclaración y no encontrarse evidentemente resueltas aplicando el CTE y sus comentarios con el criterio y la discrecionalidad técnica siempre necesaria.

Se cuenta desde el Ministerio con un equipo de técnicos que responderán las dudas planteadas sobre los documentos DB-SE, DB-SI y DB-SUA desde el Área de Seguridad y Accesibilidad. Subdirección General de Arquitectura y Edificación. Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo. Ministerio de Fomento. Paseo de la Castellana 112, 28071 Madrid - España

Envía tus consultas exclusivamente al buzón de la Subdirección General de Arquitectura y Edificación: arquitectura@fomento.es

miércoles, 22 de noviembre de 2017

[1194] Entrada accesible al edificio por garaje

Soy arquitecto y tengo la siguiente duda referente a la accesibilidad de un bloque de viviendas construido a finales de los años 80 (anterior al 12 de sept de 2010)
-La finca se compone de:
*planta aparcamiento a nivel de calle. Tiene una sola puerta (para entrar y salir que da a la calle y luego se divide el recorrido teniendo que pasar por otra puerta para acceder definitivamente al garaje siendo de su recorrido de sentido único con plazas a ambos lados del recorrido. A esta planta llegan todos los ascensores del edificio.
*planta "baja" que se encuentra a una cota +2m respecto a la calle aproximadamente. Se accede desde la calle subiendo dos tramos de escaleras. En esta planta es donde se encuentran todas las dotaciones comunitarias como jardín, piscina, tenis...etc (aunque se vayan encontrando a distintos niveles.)
*7 plantas iguales de viviendas. Son 2 escaleras con 4 viviendas por planta y 2 ascensores por escalera.
Mi pregunta es la siguiente:
-¿Se puede considerar como recorrido accesible el del garaje? El carril minimo de recorrido único según el PGOUM es de 3m y el ancho del recorrido del carril de la finca es de un ancho de 4.30 con algunos estrechamientos puntuales debido a pilares. Mi mayor duda es el hecho de compartir las puertas de acceso o si tiene que tener su acceso independiente.
-Entiendo que todas las leyes que se dan en referencia a la accesibilidad, pueden obligar en mayor o menor grado con la obligatoriedad de acometer acciones para la supresión de barreras arquitectónicas, pero es en el código técnico el único lugar donde se define lo que es un itinerario accesible indistintamente de la minusvalía y grado, y que ninguna ley puede contradecirlo.
Respuesta
Conforme a SUA 9-1.1, una entrada accesible a un edificio es admisible siempre que sea una "entrada principal", que comparta con otras entradas las mismas condiciones de dotación y que, entre otras condiciones por ejemplo, disponga de elementos de comunicación con las viviendas; en ausencia de alguno de estos requisitos podría producirse discriminación en el acceso al edificio a las personas con discapacidad así como merma en la seguridad de utilización del mismo.

[1193] Uso de hospital veterinario

En el Anejo A "Terminología" del DB-SUA denomina:
Uso Sanitario: Edificio o zona cuyo uso incluye hospitales, centros de salud, residencias geriátricas, consultorios, centros de análisis clínicos, ambulatorios, etc.
¿Se incluye en este uso a los hospitales veterinarios?
Respuesta
La clasificación de usos del DB SUA responde a las características de los usuarios que pueden ser determinantes en relación con los riesgos de seguridad de utilización o con las necesidades de accesibilidad, por ejemplo, en el caso del uso sanitario la mayor proporción de usuarios con algún tipo de discapacidad o vulnerabilidad o el uso de camillas, y, conforme al punto 1 del apartado III Criterios generales de aplicación de la Introducción del DB, deben ser éstos los criterios que se utilicen para asimilar un uso no contemplado a otro. En este sentido un hospital veterinario sería, en principio, asimilable a un uso comercial.

[1192] Apertura de puertas de trasteros para alquiler

Estoy realizando el proyecto de una nave industrial que se va a dedicar a trasteros para alquiler.
La empresa que va a montar los trasteros quiere abrir las puertas hacia los pasillos. El pasillo tiene 140 cm y las puertas 100 cm.
Según la CTE se puede justificar que se pueden abrir hacia el pasillo si “el riesgo de impacto en la apertura es mínimo”
La empresa tiene un mecanismo de apertura que abre la puerta a 180º. Es mecánico no necesita electricidad.
La superficie es grande pero la ocupación es mínima.
¿Se puede justificar la apertura hacia los pasillos ya que la ocupación es mínima y las puertas se quedan abiertas 180º?
Respuesta
El riesgo que se considera en este apartado es el de que una persona que esté caminando por el pasillo pueda recibir el impacto de una puerta que se abre en uno de sus laterales. Este riesgo solo se da cuando puede haber personas en el interior de los recintos a los que pertenecen las puertas que dan al pasillo, lo que se contempla con la excepción que se hace para recintos de ocupación nula. Cuando la puerta la abre un usuario desde el mismo pasillo, aunque ésta invada una parte del mismo, que es lo que suele ocurrir en los pasillos de trasteros, no existe riesgo de impacto, por lo que la posibilidad de estancia en estos recintos es lo que determina cuando existe riesgo.

jueves, 16 de noviembre de 2017

[1191] Distancias en fachadas

En la Sección SI 2, en lo relativo a la propagación exterior horizontal del incendio a través de la fachada, ¿Las distancias indicadas en la tabla entre elementos que no sean al menos EI 60 deben aplicarse también a aquellos de un vestíbulo de independencia? La lógica me dice que sí, pero la normativa no lo especifica. Me interesaría aclarar este punto.
Respuesta
En contestación a su consulta le informamos de que para el cumplimiento del apartado 1 de la Sección SI2, además de los sectores y de los locales de riesgo especial alto, se consideran los elementos de evacuación protegidos, por lo que también deberían contemplarse los vestíbulos de independencia.

martes, 7 de noviembre de 2017

[1190] Densidad de ocupación en pasillos de circulación de un restaurante

Quería hacer una consulta sobre la aplicación del CTE DB SI, ya que tengo una discrepancia con el Servicio de bomberos de un municipio de Barcelona.
Soy Ingeniero Técnico Industrial. He presentado un proyecto de Licencia Ambiental para una actividad de restaurante, que ocupa 2 naves Industriales de 450 m² aprox. cada nave (entre planta baja y altillo). La discrepancia con bomberos está en el cálculo del aforo. Este restaurante tiene pasillos amplios para buena circulación de los clientes y trabajadores, y que no dé la sensación de agobio con multitud de meses agolpadas.
Mientras el aforo de personas sentadas en restauración es de 1 pers/1,5 m², en el cálculo del aforo en los pasillos, bomberos opina que ha de ser de 1 pers/2m². Yo lo veo súper excesivo, ya que el personal que circula por los pasillos es que va a sentarse a las meses, o que va al lavabo, o que marcha del restaurante. No tiene sentido tener 80 m² de pasillos y contar que estén circulando 40 personas, pareceria un desfile, y para las persones sentadas en las mesas que están comiendo, no les sería muy agradable.
Yo propongo un ratio de 1pers/10 m², similar a zonas de publico en terminales de transporte o zonas de Servicio de bares y restaurantes.
Por favor, me podéis aclarar qué es zona de Servicios en bares y restaurantes, y en todo caso orientarme si yo tengo razón (usando la lógica) o tengo que acatar lo que me dicen de bomberos.
Respuesta
En contestación a su consulta le informamos de que, en aplicación de la tabla 2.1 de la Sección SI 3, los pasillos generales de circulación de un restaurante para público y camareros (distinguir de los pasillos y espacios para movilidad entre mesas) no suponen ocupación adicional, ya que el público que pueda circular por ellos ya está computado en la superficie de la zona de mesas, y los camareros, en la superficie de la zona de servicio.