La UAAAP/blogdelaunion, entidad vinculada al CSCAE, colaborando con el Ministerio de Fomento, publicará en este blog en tiempo real, a la vez que se contesta al interesado, las respuestas oficiales a las dudas que se consideren de interés para el colectivo planteadas al Ministerio sobre los documentos DB-SE,DB-SI y DB-SUA.
Desde el Ministerio de Fomento nos indican unas pautas a tener en cuenta a la hora de hacer las consultas:
•Se exigen requisitos de claridad, concreción, concisión e identificación de quien formula la consulta.
•Las consultas se deberán referir al CTE ya que la aclaración o interpretación de cualquier otra reglamentación o norma no corresponde al Ministerio de Fomento.
•Las consultas debe hacer referencia al CTE en términos genéricos, y no a su aplicación a un proyecto concreto o a soluciones alternativas al CTE ya que su valoración correspondería a la autoridad de control edificatorio.
•Las consultas deben precisar interpretación o aclaración y no encontrarse evidentemente resueltas aplicando el CTE y sus comentarios con el criterio y la discrecionalidad técnica siempre necesaria.
Se cuenta desde el Ministerio con un equipo de técnicos que responderán las dudas planteadas sobre los documentos DB-SE, DB-SI y DB-SUA desde el Área de Seguridad y Accesibilidad. Subdirección General de Arquitectura y Edificación. Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo. Ministerio de Fomento. Paseo de la Castellana 112, 28071 Madrid - España
Envía tus consultas exclusivamente al buzón de la Subdirección General de Arquitectura y Edificación: arquitectura@fomento.es
lunes, 28 de septiembre de 2015
[761] Propagación de incendio en fachadas
[760] Alumbrado de emergencia LED
viernes, 25 de septiembre de 2015
[759] Distancia de escalera protegida abierta al exterior a huecos en fachada con galería abierta
Distancia entre los huecos de una escalera protegida exterior y los huecos de una fachada con una galería abierta. Una escalera exterior debe cumplir las distancias que se establecen en SI 2-1 respecto de huecos en fachada o de zonas de ella que no sean EI 60 cuando deba ser protegida o especialmente protegida, ya sea por ser exigible conforme a SI 3-5 o porque, sin serlo, el proyectista ha optado por ello para obtener mayor capacidad de evacuación.
Si la escalera está situada próxima a una fachada con galerías abiertas a las que abren puertas y ventanas, dicha distancia debe medirse entre todo punto de la envolvente de la escalera que no sea al menos EI 60 y el borde exterior más próximo de la galería abierta más cercana. El vuelo de las galerías hace que la propagación exterior de un posible incendio por dichos huecos pueda resultar más cercana al perímetro de la escalera que en el caso de que la galería no existiese.
[758] Sentido de apertura de puertas de local comercial "permanentemente abiertas
[757] Zonas de refugio en terraza o cubierta
[756] Reacción al fuego de mobiliario fijo o empotrado
[755] Medición de distancia a efectos de propagación exterior entre huecos de fachada
Figura 1
jueves, 24 de septiembre de 2015
[754] Resbaladicidad en escalera existente de edificio protegido
miércoles, 23 de septiembre de 2015
[753] Ámbito de aplicación CTE. Declaración responsable sin obras
martes, 22 de septiembre de 2015
[752] Riesgo de caída de rayos en gasolinera
Análisis del riesgo en edificios/estructuras independientesA efectos del cálculo de riesgo causado por la acción del rayo, se considera que un impacto en una parte de un edificio no afecta al resto y, por lo tanto, puede considerarse como un edificio independiente, cuando se dan simultáneamente las siguientes condiciones:- Existe una compartimentación vertical con el resto del edificio de al menos REI 120;- No existe riesgo de explosión en esta parte;- La propagación de sobretensiones a lo largo de las líneas comunes, si las hay, está impedida mediante dispositivos de protección contra sobretensiones en el punto de entrada de esas líneas a dicha parte o mediante otra medida de protección equivalente;- La estructura de cada parte es independiente y no está conectada con la del resto como, por ejemplo, cuando hay junta de dilatación.
lunes, 21 de septiembre de 2015
[751] Aseos accesibles en transformación de peluquería en salón de belleza
viernes, 18 de septiembre de 2015
[750] Locales de riesgo especial. Cuadros eléctricos
jueves, 17 de septiembre de 2015
[749] Comentarios sobre salidas a espacios al aire libre
“Dimensionado de elementos abiertos al exterior con el criterio de “zonas al aire libre”Las fórmulas de dimensionamiento para “zonas al aire libre” únicamente son aplicables cuando tanto el elemento de evacuación (escalera, rampa, camino horizontal, etc.) como la zona a evacuar, estén al aire libre o en una situación de riesgo tan bajo que se considere equivalente y se trate de entornos de alta ocupación (a partir de 2.000 personas), como estadios deportivos, auditorios al aire libre, grandes espacios para público de pie, etc.Cuando el elemento de evacuación esté al aire libre, pero sirva para la evacuación de espacios interiores, pueden aplicarse las fórmulas correspondientes a pasillos y escaleras protegidos (si se cumplen las condiciones) pero no las de “zonas al aire libre”.
[748] Instalaciones y trastero en garaje vivienda unifamiliar
Modificado en junio 2015Evacuación de un local de riesgo especial a través de otroEn la definición de recorrido de evacuación se establece que “los recorridos que tengan su origen en zonas habitables (…) no pueden atravesar las zonas de riesgo especial definidas en SI 1.2.”Por “zonas habitables” se entienden todas las que no sean de riesgo especial o aparcamiento. Conforme a esto, la definición podría no ser clara en cuanto a si los recorridos que tienen su origen en un local de riesgo especial pueden atravesar otro u otros locales de riesgo especial.Esta solución puede aceptarse si el recorrido total por los locales de riesgo especial, desde el origen, no excede de los 25 m que se establecen como máximo.
Evacuación de un garaje exclusivo de una vivienda unifamiliarEn el interior de un garaje de vivienda unifamiliar, se consideran “recorridos de evacuación” los que hay hasta la salida del garaje, ya sea a la vivienda, o bien al exterior, y no pueden exceder de 25 m.Si la salida es hacia la vivienda, debe ser mediante una puerta EI2 45-C5 (como corresponde a un local de riesgo especial bajo) de al menos 80 cm de anchura libre. El resto del recorrido por la vivienda no se considera “recorrido de evacuación” y por tanto no está sujeto a límites de longitud.El portón para vehículos no es una salida válida para personas. Tiene que haber alguna salida mediante una puerta abatible, de eje vertical y de al menos 80 cm de anchura, la cual puede estar instalada sobre el portón para vehículos, sea éste motorizado o no.