La UAAAP/blogdelaunion, entidad vinculada al CSCAE, colaborando con el Ministerio de Fomento, publicará en este blog en tiempo real, a la vez que se contesta al interesado, las respuestas oficiales a las dudas que se consideren de interés para el colectivo planteadas al Ministerio sobre los documentos DB-SE,DB-SI y DB-SUA.

Desde el Ministerio de Fomento nos indican unas pautas a tener en cuenta a la hora de hacer las consultas:

•Se exigen requisitos de claridad, concreción, concisión e identificación de quien formula la consulta.

•Las consultas se deberán referir al CTE ya que la aclaración o interpretación de cualquier otra reglamentación o norma no corresponde al Ministerio de Fomento.

•Las consultas debe hacer referencia al CTE en términos genéricos, y no a su aplicación a un proyecto concreto o a soluciones alternativas al CTE ya que su valoración correspondería a la autoridad de control edificatorio.

•Las consultas deben precisar interpretación o aclaración y no encontrarse evidentemente resueltas aplicando el CTE y sus comentarios con el criterio y la discrecionalidad técnica siempre necesaria.

Se cuenta desde el Ministerio con un equipo de técnicos que responderán las dudas planteadas sobre los documentos DB-SE, DB-SI y DB-SUA desde el Área de Seguridad y Accesibilidad. Subdirección General de Arquitectura y Edificación. Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo. Ministerio de Fomento. Paseo de la Castellana 112, 28071 Madrid - España

Envía tus consultas exclusivamente al buzón de la Subdirección General de Arquitectura y Edificación: arquitectura@fomento.es

jueves, 2 de octubre de 2014

[477] Reacción al fuego de ventanas

La tabla 4.1 del BS SI indica las clases de reacción al fuego para elementos constructivos, incluyendo la exigencia para revestimientos de paredes y techos. En la nota 4 se aclara que se excluye el interior de viviendas. Pero ¿cuál sería el criterio de aplicación en el caso de ventanas, ya que disponen de una cara interior y otra exterior? ¿Este apartado 4.1 y su exigencia es de aplicación para ventanas?
Respuesta
Por el interior del edificio, en cuanto a exigencia de reacción al fuego de los elementos constructivos es de aplicación la tabla 4.1 de SI 1-4, excluido el interior de viviendas, donde no hay exigencias de reacción al fuego, así como los elementos que no ocupen más del 5% de la superficie total del conjunto de las paredes, de los techos y de los suelos, lo que excluye a las ventanas.
Por el exterior es aplicable SI 2-1.4 y se puede entender que también aquí quedan excluidos los elementos que no ocupen más del 5% de la superficie total de la fachada.

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