La UAAAP/blogdelaunion, entidad vinculada al CSCAE, colaborando con el Ministerio de Fomento, publicará en este blog en tiempo real, a la vez que se contesta al interesado, las respuestas oficiales a las dudas que se consideren de interés para el colectivo planteadas al Ministerio sobre los documentos DB-SE,DB-SI y DB-SUA.

Desde el Ministerio de Fomento nos indican unas pautas a tener en cuenta a la hora de hacer las consultas:

•Se exigen requisitos de claridad, concreción, concisión e identificación de quien formula la consulta.

•Las consultas se deberán referir al CTE ya que la aclaración o interpretación de cualquier otra reglamentación o norma no corresponde al Ministerio de Fomento.

•Las consultas debe hacer referencia al CTE en términos genéricos, y no a su aplicación a un proyecto concreto o a soluciones alternativas al CTE ya que su valoración correspondería a la autoridad de control edificatorio.

•Las consultas deben precisar interpretación o aclaración y no encontrarse evidentemente resueltas aplicando el CTE y sus comentarios con el criterio y la discrecionalidad técnica siempre necesaria.

Se cuenta desde el Ministerio con un equipo de técnicos que responderán las dudas planteadas sobre los documentos DB-SE, DB-SI y DB-SUA desde el Área de Seguridad y Accesibilidad. Subdirección General de Arquitectura y Edificación. Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo. Ministerio de Fomento. Paseo de la Castellana 112, 28071 Madrid - España

Envía tus consultas exclusivamente al buzón de la Subdirección General de Arquitectura y Edificación: arquitectura@fomento.es

miércoles, 17 de enero de 2018

[1197] Limpieza de acristalamientos

Para poder cumplir con el radio de 0.85m de máximo alcance, en una barandilla situada a más de 6 metros de altura en uso residencial vivienda, planteo la adhesión de una franja de 23 cm de vinilo translúcido en la parte inferior de forma que la parte transparente del vidrio se vea reducida a los 0.85m máximos que indica el código.
Entiendo que la solución es válida, pero ¿que ocurriría si con el tiempo ese vinilo fuese removido? ¿Ha de garantizarse que las soluciones enfocadas a modificar la transparencia del vidrio han de tener un carácter permanente?
Respuesta
Conforme al artículo 12, punto 2, de la Parte 1 del CTE, los edificios se deben proyectar, construir, mantener y utilizar de forma que se cumplan las exigencias básicas de Seguridad de utilización y accesibilidad.
Conforme al artículo 6.1, punto 1 d), el proyecto definirá las obras proyectadas con el detalle adecuado a sus características, de modo que pueda comprobarse que las soluciones propuestas cumplen las exigencias básicas de este CTE y demás normativa aplicable, e incluirá, entre otras consideraciones, las instrucciones de uso y mantenimiento del edificio terminado.
Por lo tanto, en las instrucciones de uso y mantenimiento del edificio se deben desarrollar aquellas especificaciones técnicas que deban tenerse en cuenta para el adecuado mantenimiento de las soluciones propuestas en proyecto.

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