La UAAAP/blogdelaunion, entidad vinculada al CSCAE, colaborando con el Ministerio de Fomento, publicará en este blog en tiempo real, a la vez que se contesta al interesado, las respuestas oficiales a las dudas que se consideren de interés para el colectivo planteadas al Ministerio sobre los documentos DB-SE,DB-SI y DB-SUA.

Desde el Ministerio de Fomento nos indican unas pautas a tener en cuenta a la hora de hacer las consultas:

•Se exigen requisitos de claridad, concreción, concisión e identificación de quien formula la consulta.

•Las consultas se deberán referir al CTE ya que la aclaración o interpretación de cualquier otra reglamentación o norma no corresponde al Ministerio de Fomento.

•Las consultas debe hacer referencia al CTE en términos genéricos, y no a su aplicación a un proyecto concreto o a soluciones alternativas al CTE ya que su valoración correspondería a la autoridad de control edificatorio.

•Las consultas deben precisar interpretación o aclaración y no encontrarse evidentemente resueltas aplicando el CTE y sus comentarios con el criterio y la discrecionalidad técnica siempre necesaria.

Se cuenta desde el Ministerio con un equipo de técnicos que responderán las dudas planteadas sobre los documentos DB-SE, DB-SI y DB-SUA desde el Área de Seguridad y Accesibilidad. Subdirección General de Arquitectura y Edificación. Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo. Ministerio de Fomento. Paseo de la Castellana 112, 28071 Madrid - España

Envía tus consultas exclusivamente al buzón de la Subdirección General de Arquitectura y Edificación: arquitectura@fomento.es

miércoles, 17 de enero de 2018

[1202] Alumbrado de emergencia en aseo

El apartado 2.1 del SUA-4 establece las zonas que deben contar con alumbrado de emergencia, entre las cuales aparece "Los aseos generales de planta en edificios de uso público".
¿Un aseo dentro de un local destinado a otro uso del característico de un edificio, tiene que contar con alumbrado de emergencia?
El caso común es un local, en planta baja o primera, con cualquier otro uso (administrativo, docente, comercial, o pública concurrencia) que el residencial privado que se desarrolla en el resto del edificio.
Respuesta
El objetivo contemplado en el SUA 4 2.1 e) para los aseos generales de planta de uso público, es facilitar que los usuarios desconocedores del edificio puedan encontrar el punto de salida en aseos de cierto tamaño, que contengan agrupaciones con varias cabinas de aseo. Al respecto véase comentario SUA 4-2.1

No hay comentarios:

Publicar un comentario