La UAAAP/blogdelaunion, entidad vinculada al CSCAE, colaborando con el Ministerio de Fomento, publicará en este blog en tiempo real, a la vez que se contesta al interesado, las respuestas oficiales a las dudas que se consideren de interés para el colectivo planteadas al Ministerio sobre los documentos DB-SE,DB-SI y DB-SUA.

Desde el Ministerio de Fomento nos indican unas pautas a tener en cuenta a la hora de hacer las consultas:

•Se exigen requisitos de claridad, concreción, concisión e identificación de quien formula la consulta.

•Las consultas se deberán referir al CTE ya que la aclaración o interpretación de cualquier otra reglamentación o norma no corresponde al Ministerio de Fomento.

•Las consultas debe hacer referencia al CTE en términos genéricos, y no a su aplicación a un proyecto concreto o a soluciones alternativas al CTE ya que su valoración correspondería a la autoridad de control edificatorio.

•Las consultas deben precisar interpretación o aclaración y no encontrarse evidentemente resueltas aplicando el CTE y sus comentarios con el criterio y la discrecionalidad técnica siempre necesaria.

Se cuenta desde el Ministerio con un equipo de técnicos que responderán las dudas planteadas sobre los documentos DB-SE, DB-SI y DB-SUA desde el Área de Seguridad y Accesibilidad. Subdirección General de Arquitectura y Edificación. Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo. Ministerio de Fomento. Paseo de la Castellana 112, 28071 Madrid - España

Envía tus consultas exclusivamente al buzón de la Subdirección General de Arquitectura y Edificación: arquitectura@fomento.es

lunes, 24 de marzo de 2014

[329] Consulta Normativa Incendios

Bloque de viviendas compuesto de Planta Baja (garajes) y 6 Plantas Altas (cuatro viviendas por planta) Para dar cumplimiento a la normativa sobre Accesibilidad se pretende colocar un ascensor.
Debido a la situación económica de la comunidad de propietarios, la colocación del ascensor es posible si se obtiene un aprovechamiento en bajocubierta. Esta ampliación obliga a proteger la escalera siendo totalmente imposible.
¿Es posible suplir que la escalera no sea protegida aumentando las instalaciones de protección, como sistemas de detección, BIEs... ?
Respuesta
La aceptación de soluciones alternativas conforme al punto 3.b) del artículo 5.1 del CTE no corresponde a este Ministerio, sino a la autoridad de control edificatorio.

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