La UAAAP/blogdelaunion, entidad vinculada al CSCAE, colaborando con el Ministerio de Fomento, publicará en este blog en tiempo real, a la vez que se contesta al interesado, las respuestas oficiales a las dudas que se consideren de interés para el colectivo planteadas al Ministerio sobre los documentos DB-SE,DB-SI y DB-SUA.

Desde el Ministerio de Fomento nos indican unas pautas a tener en cuenta a la hora de hacer las consultas:

•Se exigen requisitos de claridad, concreción, concisión e identificación de quien formula la consulta.

•Las consultas se deberán referir al CTE ya que la aclaración o interpretación de cualquier otra reglamentación o norma no corresponde al Ministerio de Fomento.

•Las consultas debe hacer referencia al CTE en términos genéricos, y no a su aplicación a un proyecto concreto o a soluciones alternativas al CTE ya que su valoración correspondería a la autoridad de control edificatorio.

•Las consultas deben precisar interpretación o aclaración y no encontrarse evidentemente resueltas aplicando el CTE y sus comentarios con el criterio y la discrecionalidad técnica siempre necesaria.

Se cuenta desde el Ministerio con un equipo de técnicos que responderán las dudas planteadas sobre los documentos DB-SE, DB-SI y DB-SUA desde el Área de Seguridad y Accesibilidad. Subdirección General de Arquitectura y Edificación. Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo. Ministerio de Fomento. Paseo de la Castellana 112, 28071 Madrid - España

Envía tus consultas exclusivamente al buzón de la Subdirección General de Arquitectura y Edificación: arquitectura@fomento.es

viernes, 16 de noviembre de 2012

[007] Sala para equipos de depuración de agua en piscinas

La pregunta es sobre una sala en donde se colocarán el depósito de compensación dos filtros, dos bombas, el equipo de cloración, etc. de limpieza del agua de una piscina. De acuerdo con la Tabla 2.1 Clasificación de los locales y zonas de riesgo especial integrados en edificios de la Sección SI 1 del DB SI no se consideraría dicho recinto como un local de riesgo especial. ¿Es correcta la interpretación que estoy realizando o se debería asimilar estos recintos a algún tipo de sala de máquinas que puede generar algún riesgo de explosión o incendio para las personas por el material que se manipula en dicho recinto?
Respuesta
Conforme al CTE DB SI, las salas que contienen los equipos de depuración de agua de las piscinas no precisan ser tratados como locales de riesgo especial.

1 comentario:

Anónimo dijo...

Hay que matizar mejor la respuesta. Y si la sala de depuración contiene depósitos de productos químicos, clasificados como peligrosos (Hipoclorito y Clorhídirco), con volúmenes superiores a 500 L?

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