La UAAAP/blogdelaunion, entidad vinculada al CSCAE, colaborando con el Ministerio de Fomento, publicará en este blog en tiempo real, a la vez que se contesta al interesado, las respuestas oficiales a las dudas que se consideren de interés para el colectivo planteadas al Ministerio sobre los documentos DB-SE,DB-SI y DB-SUA.

Desde el Ministerio de Fomento nos indican unas pautas a tener en cuenta a la hora de hacer las consultas:

•Se exigen requisitos de claridad, concreción, concisión e identificación de quien formula la consulta.

•Las consultas se deberán referir al CTE ya que la aclaración o interpretación de cualquier otra reglamentación o norma no corresponde al Ministerio de Fomento.

•Las consultas debe hacer referencia al CTE en términos genéricos, y no a su aplicación a un proyecto concreto o a soluciones alternativas al CTE ya que su valoración correspondería a la autoridad de control edificatorio.

•Las consultas deben precisar interpretación o aclaración y no encontrarse evidentemente resueltas aplicando el CTE y sus comentarios con el criterio y la discrecionalidad técnica siempre necesaria.

Se cuenta desde el Ministerio con un equipo de técnicos que responderán las dudas planteadas sobre los documentos DB-SE, DB-SI y DB-SUA desde el Área de Seguridad y Accesibilidad. Subdirección General de Arquitectura y Edificación. Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo. Ministerio de Fomento. Paseo de la Castellana 112, 28071 Madrid - España

Envía tus consultas exclusivamente al buzón de la Subdirección General de Arquitectura y Edificación: arquitectura@fomento.es

miércoles, 18 de septiembre de 2013

[189] Aplicación SI 2-1.2 sobre propagación exterior en una rehabilitación

Soy arquitecto y estoy trabajando en un proyecto de rehabilitación en el que me surge la siguiente duda sobre la posible aplicación de un apartado del DB-SI:
Se proyecta la sustitución de la galería de un edificio de viviendas situado dentro de un casco histórico, pues su avanzado estado de deterioro no hace posible su reparación.
En dicha galería, no se cumple la distancia que le sería aplicable de la sección SI2 Propagación exterior, apartado 1 medianerías y fachadas, respecto a ventanas de edificio colindante, en dos de sus plantas.
¿Sería exigible el cumplimiento de este apartado? (para intentar cumplirlo, entre otras medidas, habría que hacer fijas las dos ventanas de la galería más próximas al edificio colindante, de un total de cuatro practicables que tiene actualmente por planta).
Respuesta
Las exigencias básicas de seguridad en caso de incendio del artículo 11 del CTE (Parte I), en este caso la exigencia básica SI-2 sobre propagación exterior, son de obligado cumplimiento. Conforme al artículo 5 del CTE, dicho cumplimiento se puede llevar a cabo, o bien aplicando la Sección SI-2 del DB SI, o bien aplicando soluciones alternativas conforme al artículo 5.

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