La UAAAP/blogdelaunion, entidad vinculada al CSCAE, colaborando con el Ministerio de Fomento, publicará en este blog en tiempo real, a la vez que se contesta al interesado, las respuestas oficiales a las dudas que se consideren de interés para el colectivo planteadas al Ministerio sobre los documentos DB-SE,DB-SI y DB-SUA.

Desde el Ministerio de Fomento nos indican unas pautas a tener en cuenta a la hora de hacer las consultas:

•Se exigen requisitos de claridad, concreción, concisión e identificación de quien formula la consulta.

•Las consultas se deberán referir al CTE ya que la aclaración o interpretación de cualquier otra reglamentación o norma no corresponde al Ministerio de Fomento.

•Las consultas debe hacer referencia al CTE en términos genéricos, y no a su aplicación a un proyecto concreto o a soluciones alternativas al CTE ya que su valoración correspondería a la autoridad de control edificatorio.

•Las consultas deben precisar interpretación o aclaración y no encontrarse evidentemente resueltas aplicando el CTE y sus comentarios con el criterio y la discrecionalidad técnica siempre necesaria.

Se cuenta desde el Ministerio con un equipo de técnicos que responderán las dudas planteadas sobre los documentos DB-SE, DB-SI y DB-SUA desde el Área de Seguridad y Accesibilidad. Subdirección General de Arquitectura y Edificación. Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo. Ministerio de Fomento. Paseo de la Castellana 112, 28071 Madrid - España

Envía tus consultas exclusivamente al buzón de la Subdirección General de Arquitectura y Edificación: arquitectura@fomento.es

martes, 24 de septiembre de 2013

[195] Aplicación del CTE a legalizaciones de edificios existentes

Concretamente se trata de un edificio agropecuario construido hace años (más de 30 años) pero carente de licencia de obras y licencia de actividad que se pretende destinar a alojamiento de ganado ovino, por lo que se pretende legalizar y obtener la licencia de actividad para dicho uso agropecuario. El edificio se encuentra en terreno rústico aislado de otras edificaciones. La superficie total construida es de 440 m2, el alojamiento de ganado propiamente dicho ocupa la mayor parte de dicho establecimiento 325, contando además con zonas destinadas a usos inherentes a dicha actividad, concretamente una sala de ordeño de 57 y una lechería de 11, cuenta también con un recinto de acceso de 15. El número de ocupantes será de uno, por no necesitar de más de un trabajador para el desarrollo de dicha actividad. Las instalaciones con que cuenta son, instalación de saneamiento formada por sumideros en la zona de lechería y sala de ordeño para su limpieza y dos lavabos, además de la instalación de fontanería desde red municipal de abastecimiento.
Necesitaría conocer que secciones de varios documentos básicos del CTE le son de aplicación, concretamente las referentes a los siguientes documentos básicos:
· DB SI Seguridad en caso de incendio.
· DB SU Seguridad de utilización y accesibilidad.
· DB HS Salubridad.
Respuesta
Conforme al artículo 2, Parte I, del CTE este se debe aplicar a obras, nuevas o de reforma de edificios existentes, así como a los cambios de uso de estos últimos. La legalización de un edificio existente no es ni una cosa ni la otra, sino que es un expediente de competencia municipal, en el que, con independencia de cual sea el uso del edificio, corresponde al ayuntamiento determinar la normativa a aplicar y el alcance de dicha aplicación. Ver a este respecto comentario al DB SI, generalizable al conjunto del CTE:

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