La UAAAP/blogdelaunion, entidad vinculada al CSCAE, colaborando con el Ministerio de Fomento, publicará en este blog en tiempo real, a la vez que se contesta al interesado, las respuestas oficiales a las dudas que se consideren de interés para el colectivo planteadas al Ministerio sobre los documentos DB-SE,DB-SI y DB-SUA.
Desde el Ministerio de Fomento nos indican unas pautas a tener en cuenta a la hora de hacer las consultas:
•Se exigen requisitos de claridad, concreción, concisión e identificación de quien formula la consulta.
•Las consultas se deberán referir al CTE ya que la aclaración o interpretación de cualquier otra reglamentación o norma no corresponde al Ministerio de Fomento.
•Las consultas debe hacer referencia al CTE en términos genéricos, y no a su aplicación a un proyecto concreto o a soluciones alternativas al CTE ya que su valoración correspondería a la autoridad de control edificatorio.
•Las consultas deben precisar interpretación o aclaración y no encontrarse evidentemente resueltas aplicando el CTE y sus comentarios con el criterio y la discrecionalidad técnica siempre necesaria.
Se cuenta desde el Ministerio con un equipo de técnicos que responderán las dudas planteadas sobre los documentos DB-SE, DB-SI y DB-SUA desde el Área de Seguridad y Accesibilidad. Subdirección General de Arquitectura y Edificación. Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo. Ministerio de Fomento. Paseo de la Castellana 112, 28071 Madrid - España
Envía tus consultas exclusivamente al buzón de la Subdirección General de Arquitectura y Edificación: arquitectura@fomento.es
1 comentario:
Se entiende y ya se sabe que es así el procedimiento, como lo recuerda el Ministerio. Pero el objeto de los comentarios que se realizan pueden significar: una opinión sobre la respuesta dada por el Ministerio a la consulta planteada, alguna aclaración sobre algún aspecto no resuelto en la consulta o una comparación sobre otros supuestos parecidos a la consulta planteada. En algunos casos, incluso, se busca que otros compañeros del oficio puedan tener otros pareceres sobre la respuesta dada a la consulta, no sé.
En caso que el Comentario induzca a error en aplicación de la normativa, ruego, por favor, que ejerzan la postestad de borrarlo de manera "iso facta" o de realizar una aclaración, si lo desean. Al final, lo que deseamos todos es aplicar la normativa de la manera más correcta posible; no se busca con los Comentarios, bajo ningún supuesto, cuestionar la profesionalidad de nadie, todo lo contrario, cuantas más opiniones y pareceres vertidos, siempre con la máxima rigorusidad en el planteamiento, mejor para el entendimiento de todo el mundo.
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