La UAAAP/blogdelaunion, entidad vinculada al CSCAE, colaborando con el Ministerio de Fomento, publicará en este blog en tiempo real, a la vez que se contesta al interesado, las respuestas oficiales a las dudas que se consideren de interés para el colectivo planteadas al Ministerio sobre los documentos DB-SE,DB-SI y DB-SUA.

Desde el Ministerio de Fomento nos indican unas pautas a tener en cuenta a la hora de hacer las consultas:

•Se exigen requisitos de claridad, concreción, concisión e identificación de quien formula la consulta.

•Las consultas se deberán referir al CTE ya que la aclaración o interpretación de cualquier otra reglamentación o norma no corresponde al Ministerio de Fomento.

•Las consultas debe hacer referencia al CTE en términos genéricos, y no a su aplicación a un proyecto concreto o a soluciones alternativas al CTE ya que su valoración correspondería a la autoridad de control edificatorio.

•Las consultas deben precisar interpretación o aclaración y no encontrarse evidentemente resueltas aplicando el CTE y sus comentarios con el criterio y la discrecionalidad técnica siempre necesaria.

Se cuenta desde el Ministerio con un equipo de técnicos que responderán las dudas planteadas sobre los documentos DB-SE, DB-SI y DB-SUA desde el Área de Seguridad y Accesibilidad. Subdirección General de Arquitectura y Edificación. Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo. Ministerio de Fomento. Paseo de la Castellana 112, 28071 Madrid - España

Envía tus consultas exclusivamente al buzón de la Subdirección General de Arquitectura y Edificación: arquitectura@fomento.es

lunes, 30 de noviembre de 2015

[799] Anchura libre de puertas

En referencia al término “A” de la Tabla 4.1 Dimensionado de los elementos de la evacuación, del apartado 4.2 del DB-SI-3 Evuacuacion de ocupantes, quisiera que me clarificasen lo siguiente:
De acuerdo con la definición de la parte inferor de dicha tabla, el término “A” se refiere a
A = Anchura del elemento (m).
El término Anchura del elemento, ¿Se refiere al Ancho nominal de la puerta o bien al ancho de paso libre de la puerta? No se si os habéis percatado de que las puertas de 800x2070 que tienen los fabricantes, tienen anchos de paso libres de 73cm, por ejemplo.
Entonces quisiera saber en cuanto a puertas se refiere, si lo que hay que verificar es el ancho de la puerta o el ancho de paso libre.
Os adjunto imagen de un fabricante, de puertas, a modo de ejemplo para que comprendáis mejor mi duda. Veréis que el “nominal” y el “paso libre” son distintos.
Respuesta
En la tabla 4.1 de SI 3-4.2, la anchura A del elemento se refiere a la anchura libre de paso.
Por otra parte, ver consulta [781]. Conforme a ella, en el caso de puertas es admisible que en el ángulo de máxima apertura la anchura libre de paso se reduzca por el grosor de la hoja de la puerta hasta 78 cm. Lo cual supone que las puertas de 73 cm de anchura libre (80 cm de anchura nominal) a las que se refiere la consulta no son válidas como elementos de evacuación.

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