La UAAAP/blogdelaunion, entidad vinculada al CSCAE, colaborando con el Ministerio de Fomento, publicará en este blog en tiempo real, a la vez que se contesta al interesado, las respuestas oficiales a las dudas que se consideren de interés para el colectivo planteadas al Ministerio sobre los documentos DB-SE,DB-SI y DB-SUA.

Desde el Ministerio de Fomento nos indican unas pautas a tener en cuenta a la hora de hacer las consultas:

•Se exigen requisitos de claridad, concreción, concisión e identificación de quien formula la consulta.

•Las consultas se deberán referir al CTE ya que la aclaración o interpretación de cualquier otra reglamentación o norma no corresponde al Ministerio de Fomento.

•Las consultas debe hacer referencia al CTE en términos genéricos, y no a su aplicación a un proyecto concreto o a soluciones alternativas al CTE ya que su valoración correspondería a la autoridad de control edificatorio.

•Las consultas deben precisar interpretación o aclaración y no encontrarse evidentemente resueltas aplicando el CTE y sus comentarios con el criterio y la discrecionalidad técnica siempre necesaria.

Se cuenta desde el Ministerio con un equipo de técnicos que responderán las dudas planteadas sobre los documentos DB-SE, DB-SI y DB-SUA desde el Área de Seguridad y Accesibilidad. Subdirección General de Arquitectura y Edificación. Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo. Ministerio de Fomento. Paseo de la Castellana 112, 28071 Madrid - España

Envía tus consultas exclusivamente al buzón de la Subdirección General de Arquitectura y Edificación: arquitectura@fomento.es

miércoles, 13 de enero de 2016

[842] Planta y recinto

En la tabla 3.1 del DB SI, considera con idéntica valoración "planta" ó "recinto".
Se me plantea un caso de un edificio de bajo mas dos plantas, que dispone de 5 viviendas en planta primera y otras cinco en planta segunda, y dos locales en planta baja más zonas comunes.
El edificio dispone de una única salida a la calle, por donde evacuan el 50% de un local de 159 m² (porque este local dispone también de una salida propia)(consideraríamos una ocupación de 2 pers/m²), un local de uso administrativo de 67 m², con una distancia hasta la puerta de 42 metros más la salida de la escalera, con 37 ocupantes.
¿Tiene la misma consideración la denominación "planta" ó "recinto"?
Respuesta
Excepto en el caso de una planta totalmente diáfana, una planta y un recinto no son lo mismo. Lo habitual es que en una planta haya varios recintos.

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