La UAAAP/blogdelaunion, entidad vinculada al CSCAE, colaborando con el Ministerio de Fomento, publicará en este blog en tiempo real, a la vez que se contesta al interesado, las respuestas oficiales a las dudas que se consideren de interés para el colectivo planteadas al Ministerio sobre los documentos DB-SE,DB-SI y DB-SUA.

Desde el Ministerio de Fomento nos indican unas pautas a tener en cuenta a la hora de hacer las consultas:

•Se exigen requisitos de claridad, concreción, concisión e identificación de quien formula la consulta.

•Las consultas se deberán referir al CTE ya que la aclaración o interpretación de cualquier otra reglamentación o norma no corresponde al Ministerio de Fomento.

•Las consultas debe hacer referencia al CTE en términos genéricos, y no a su aplicación a un proyecto concreto o a soluciones alternativas al CTE ya que su valoración correspondería a la autoridad de control edificatorio.

•Las consultas deben precisar interpretación o aclaración y no encontrarse evidentemente resueltas aplicando el CTE y sus comentarios con el criterio y la discrecionalidad técnica siempre necesaria.

Se cuenta desde el Ministerio con un equipo de técnicos que responderán las dudas planteadas sobre los documentos DB-SE, DB-SI y DB-SUA desde el Área de Seguridad y Accesibilidad. Subdirección General de Arquitectura y Edificación. Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo. Ministerio de Fomento. Paseo de la Castellana 112, 28071 Madrid - España

Envía tus consultas exclusivamente al buzón de la Subdirección General de Arquitectura y Edificación: arquitectura@fomento.es

martes, 19 de enero de 2016

[851] Longitud recorrido en planta de salida de una escalera especialmente protegida

Me gustaría que me resolviesen una duda respecto a la longitud del recorrido hasta la salida de edificio desde una escalera especialmente protegida.
En el caso de una escalera protegida dicha longitud se mide desde la puerta de salida del recinto de la escalera o desde el desembarco de la misma. Mi duda es si en el caso de una escalera especialmente protegida para evacuación descendente con vestíbulo de independencia en la planta de salida de edificio dicha longitud de 15m debe medirse desde la puerta de salida del vestíbulo o desde la puerta de salida del recinto de la escalera.
Respuesta
En el caso de una escalera especialmente protegida, los 15 m de recorrido que, como máximo, debe haber en la planta de salida del edificio hasta alguna de dichas salidas, cuando dicha planta no sea un sector de riesgo mínimo, se deben medir desde la salida del vestíbulo de independencia de la escalera.

3 comentarios:

Anónimo dijo...

El texto de la pregunta y de la respuesta es idéntico... ¿puede ser una errata?

Gracias

Anónimo dijo...

Corregido. Gracias

Anónimo dijo...

no existe una exigencia mínima de tamaño olongitud del vestibulo de independencia de la escalera, p.e. puede tener 5 o 6 metros de longitud, y contabilizar los 15 metros que indica la normativa desde la puerta de salida de dicho vestibulo. seria una forma facil de solucionar el problema de escaleras mal diseñadas sin necesidad de realizar un sector de riesgo mínimo.

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