La UAAAP/blogdelaunion, entidad vinculada al CSCAE, colaborando con el Ministerio de Fomento, publicará en este blog en tiempo real, a la vez que se contesta al interesado, las respuestas oficiales a las dudas que se consideren de interés para el colectivo planteadas al Ministerio sobre los documentos DB-SE,DB-SI y DB-SUA.

Desde el Ministerio de Fomento nos indican unas pautas a tener en cuenta a la hora de hacer las consultas:

•Se exigen requisitos de claridad, concreción, concisión e identificación de quien formula la consulta.

•Las consultas se deberán referir al CTE ya que la aclaración o interpretación de cualquier otra reglamentación o norma no corresponde al Ministerio de Fomento.

•Las consultas debe hacer referencia al CTE en términos genéricos, y no a su aplicación a un proyecto concreto o a soluciones alternativas al CTE ya que su valoración correspondería a la autoridad de control edificatorio.

•Las consultas deben precisar interpretación o aclaración y no encontrarse evidentemente resueltas aplicando el CTE y sus comentarios con el criterio y la discrecionalidad técnica siempre necesaria.

Se cuenta desde el Ministerio con un equipo de técnicos que responderán las dudas planteadas sobre los documentos DB-SE, DB-SI y DB-SUA desde el Área de Seguridad y Accesibilidad. Subdirección General de Arquitectura y Edificación. Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo. Ministerio de Fomento. Paseo de la Castellana 112, 28071 Madrid - España

Envía tus consultas exclusivamente al buzón de la Subdirección General de Arquitectura y Edificación: arquitectura@fomento.es

jueves, 21 de enero de 2016

[854] Validez evaluaciones técnicas (assessments)

Nosotros como fabricantes de paneles de fibra yeso ofrecemos sistemas de tabiquería seca. Para ésta no existe norma EXAP y tampoco una norma prEN EXAP, por lo que las evaluaciones técnicas deben basarse en la experiencia del laboratorio. 
Estamos teniendo problemas en una obra, en la que están poniendo en duda la validez a nivel del CTE DB-SI de unas evaluaciones técnicas emitidas por laboratorios acreditados (Tecnalia, APPLUS) para extender la aplicación de los resultados de ensayos de fuego a soluciones con determinados cambios. 
Todo esto lo hemos explicado a la entidad de control, pero parece ser que no es suficiente, por lo que le ruego que nos prepare un escrito en el que esto quede manifestado de forma oficial. Como podrá imaginar, este tema tiene cierta urgencia. 
Respuesta
Le informo de que los informes técnicos basados en la experiencia de un laboratorio (assessments) carecen de validez reglamentaria conforme al CTE, por lo que pertenecen al ámbito voluntario, excepto cuando estén citados explícitamente como base para otro informe reglamentariamente válido emitido bajo la acreditación oficial del laboratorio en cuestión.
En el segundo caso, el informe citado (assessment) no puede sustituir al informe emitido que lo cita, sino que debe acompañarle en aquellas situaciones en las que, conforme a la reglamentación vigente, sea exigible la entrega de este. Por otra parte, el tiempo de validez del informe emitido queda condicionado al tiempo de validez del informe citado (assessment).

No hay comentarios:

Publicar un comentario