La UAAAP/blogdelaunion, entidad vinculada al CSCAE, colaborando con el Ministerio de Fomento, publicará en este blog en tiempo real, a la vez que se contesta al interesado, las respuestas oficiales a las dudas que se consideren de interés para el colectivo planteadas al Ministerio sobre los documentos DB-SE,DB-SI y DB-SUA.

Desde el Ministerio de Fomento nos indican unas pautas a tener en cuenta a la hora de hacer las consultas:

•Se exigen requisitos de claridad, concreción, concisión e identificación de quien formula la consulta.

•Las consultas se deberán referir al CTE ya que la aclaración o interpretación de cualquier otra reglamentación o norma no corresponde al Ministerio de Fomento.

•Las consultas debe hacer referencia al CTE en términos genéricos, y no a su aplicación a un proyecto concreto o a soluciones alternativas al CTE ya que su valoración correspondería a la autoridad de control edificatorio.

•Las consultas deben precisar interpretación o aclaración y no encontrarse evidentemente resueltas aplicando el CTE y sus comentarios con el criterio y la discrecionalidad técnica siempre necesaria.

Se cuenta desde el Ministerio con un equipo de técnicos que responderán las dudas planteadas sobre los documentos DB-SE, DB-SI y DB-SUA desde el Área de Seguridad y Accesibilidad. Subdirección General de Arquitectura y Edificación. Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo. Ministerio de Fomento. Paseo de la Castellana 112, 28071 Madrid - España

Envía tus consultas exclusivamente al buzón de la Subdirección General de Arquitectura y Edificación: arquitectura@fomento.es

lunes, 16 de diciembre de 2013

[270] Densidad de ocupación para actividades con espectadores de pie

En la respuesta a la consulta [254] aparecen términos como "actos para espectadores de pie en régimen de aglomeración pura" y "actos con espectadores de pie bajo alta densidad" estableciendo para ellos una densidad de ocupación de 1 persona/0,25 m².
Mis preguntas son:
- ¿Esta densidad de ocupación sería exigible a las actividades de café - teatro, café - cantante, tablados flamencos con espectadores de pie?
- En caso afirmativo, ¿todas las superficies útiles de las zonas de público de pie desde las cuales sea visible la actuación deberían ser consideradas como potencialmente susceptibles de ser destinadas para espectadores de pie y por tanto aplicar en ellas una densidad de ocupación de 1 persona/0,25 m²?
Respuesta
La densidad de ocupación de 1 persona/0,25 m² debe aplicarse en toda zona en la que se prevea la presencia de público de pié (estático) en régimen de aglomeración, con independencia de cómo se denomine la actividad. La determinación de la extensión de dichas zonas debe ajustarse a lo que sea previsible que ocurra en la realidad, conforme al criterio y bajo la responsabilidad del proyectista.

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