La UAAAP/blogdelaunion, entidad vinculada al CSCAE, colaborando con el Ministerio de Fomento, publicará en este blog en tiempo real, a la vez que se contesta al interesado, las respuestas oficiales a las dudas que se consideren de interés para el colectivo planteadas al Ministerio sobre los documentos DB-SE,DB-SI y DB-SUA.

Desde el Ministerio de Fomento nos indican unas pautas a tener en cuenta a la hora de hacer las consultas:

•Se exigen requisitos de claridad, concreción, concisión e identificación de quien formula la consulta.

•Las consultas se deberán referir al CTE ya que la aclaración o interpretación de cualquier otra reglamentación o norma no corresponde al Ministerio de Fomento.

•Las consultas debe hacer referencia al CTE en términos genéricos, y no a su aplicación a un proyecto concreto o a soluciones alternativas al CTE ya que su valoración correspondería a la autoridad de control edificatorio.

•Las consultas deben precisar interpretación o aclaración y no encontrarse evidentemente resueltas aplicando el CTE y sus comentarios con el criterio y la discrecionalidad técnica siempre necesaria.

Se cuenta desde el Ministerio con un equipo de técnicos que responderán las dudas planteadas sobre los documentos DB-SE, DB-SI y DB-SUA desde el Área de Seguridad y Accesibilidad. Subdirección General de Arquitectura y Edificación. Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo. Ministerio de Fomento. Paseo de la Castellana 112, 28071 Madrid - España

Envía tus consultas exclusivamente al buzón de la Subdirección General de Arquitectura y Edificación: arquitectura@fomento.es

lunes, 18 de julio de 2016

[989] Aseos adaptados para niños menores de 3 años

Desde el Ayuntamiento de Madrid, se nos exige para una escuela infantil (exclusivamente para niños de 0-3 años), aseo adaptado.
Existe una instrucción del Ayuntamiento de Madrid, la instrucción 4/2011 de la coordinadora general de urbanismo relativa a los criterios a adoptar en relación con la aplicación del documento básico DB-SUA “seguridad de utilización y accesibilidad” de código técnico de la edificación.
Esta instrucción, no obliga a disponer de aseo adaptado para el personal de trabajo (4 personas trabajan en escuela)., por tanto hay que deducir que, el ayuntamiento nos exige que el aseo adaptado sea el de los niños/as.
Consultado el CTE DB-SUA, la definición de aseo adaptado esta claramente definida en cuanto a sus dimensiones para personas adultas.
Evidentemente, un niño sea o no minusválido, no va a poder utilizar el inodoro y lavabo que se definen en el CTE DB-SUA, como adaptado.
Además, por la edad de los niños que asisten a la escuela, 0-3 años, no habrá niños con minusvalías que exijan que lleven silla de ruedas.
Es por tanto, que rogamos, se nos aclare si en este caso es obligatorio la existencia de un aseo adaptado (lo cual además de suponer un importante trastorno de espacio y de costo económico, sería absurdo, puesto que en la practica no se usaría).
Por favor, dada la existencia de un expediente de disciplina urbanística con propuesta de cese de actividad, se ruega una contestación, a la mayor brevedad posible, como aclaracion a lo especificado en el CTE DB-SUA.
Respuesta
Conforme al DB SUA, en relación a la dotación de aseos accesibles para los trabajadores veáse apartado SUA 9-1.2.6 y sus comentarios, en especial, el comentario "Aseo accesible en centros de trabajo pequeños".
En relación a los aseos destinados a niños pequeños, en el DB SUA no se han establecido requisitos específicos ya que parece razonable entender que los niños de hasta unos 4 años de edad no utilizan de forma autónoma los aseos, por lo que no sería necesaria su adaptación para esta franja de edad.

1 comentario:

Anónimo dijo...

Buenos días.

Si fuese en Galicia, la Xunta (Gobierno Autonómico) también solicita un aseo adaptado, en este caso accesible, pero para uso público. Cualquier padre o madre puede venir a traer a sus hijos y tener una minusvalía y necesitar hacer uso del aseo. En casos de poco espacio se permite que el aseo del personal sea el mismo que el de uso público, siempre y cuando este sea accesible, con la ducha enrasada en el pavimento, por lo tanto se evitaría uno de los espacios, aseo/vestuario personal y/o aseo accesible público.

Un saludo

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