La UAAAP/blogdelaunion, entidad vinculada al CSCAE, colaborando con el Ministerio de Fomento, publicará en este blog en tiempo real, a la vez que se contesta al interesado, las respuestas oficiales a las dudas que se consideren de interés para el colectivo planteadas al Ministerio sobre los documentos DB-SE,DB-SI y DB-SUA.

Desde el Ministerio de Fomento nos indican unas pautas a tener en cuenta a la hora de hacer las consultas:

•Se exigen requisitos de claridad, concreción, concisión e identificación de quien formula la consulta.

•Las consultas se deberán referir al CTE ya que la aclaración o interpretación de cualquier otra reglamentación o norma no corresponde al Ministerio de Fomento.

•Las consultas debe hacer referencia al CTE en términos genéricos, y no a su aplicación a un proyecto concreto o a soluciones alternativas al CTE ya que su valoración correspondería a la autoridad de control edificatorio.

•Las consultas deben precisar interpretación o aclaración y no encontrarse evidentemente resueltas aplicando el CTE y sus comentarios con el criterio y la discrecionalidad técnica siempre necesaria.

Se cuenta desde el Ministerio con un equipo de técnicos que responderán las dudas planteadas sobre los documentos DB-SE, DB-SI y DB-SUA desde el Área de Seguridad y Accesibilidad. Subdirección General de Arquitectura y Edificación. Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo. Ministerio de Fomento. Paseo de la Castellana 112, 28071 Madrid - España

Envía tus consultas exclusivamente al buzón de la Subdirección General de Arquitectura y Edificación: arquitectura@fomento.es

viernes, 25 de septiembre de 2015

[756] Reacción al fuego de mobiliario fijo o empotrado

Quisiera consultar si existe algún criterio para diferenciar elemento constructivo versus mobiliario. En el apartado SI.1.4 se establece el requerimiento de justificar la reacción al fuego únicamente para elementos constructivos y no para mobiliario. Es necesario que dicho mobiliario tenga unas características determinadas (por ejemplo ser móvil y no empotrado o demasiado pesado...) para no exigirle dicha reacción o no?
El caso concreto que motiva la consulta es una planta de oficinas en la que a lo largo de toda la fachada se ha dispuesto un mueble bajo que esconde en su interior los fancoils para calefacción. Dicho mueble de madera de altura aproximada 70 cm se ha revestido con la misma moqueta prevista en el suelo. La entidad de control solicita que la moqueta tenga en todo este revestimiento lateral del mueble un grado C-s2,d0. Considerando que la moqueta no reviste un elemento constructivo como tal sino el armario dispuesto a nivel de fachada, es requerido el cumplimiento de dicha reacción?
Respuesta
Entre las modificaciones que incluye la revisión del DB-SI que está en trámite de aprobación figura la incorporación a la nota (1) de la tabla 4.1 de SI 1-4 de un texto según el cual las condiciones de reacción al fuego no serían exigibles a “puertas, mamparas separadoras ligeras de pequeños habitáculos tales como probadores, cabinas de aseos, etc., ni mobiliario fijo o empotrado”.
Los elementos objeto de la consulta podrían considerarse incluidos en lo anterior.

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