La UAAAP/blogdelaunion, entidad vinculada al CSCAE, colaborando con el Ministerio de Fomento, publicará en este blog en tiempo real, a la vez que se contesta al interesado, las respuestas oficiales a las dudas que se consideren de interés para el colectivo planteadas al Ministerio sobre los documentos DB-SE,DB-SI y DB-SUA.

Desde el Ministerio de Fomento nos indican unas pautas a tener en cuenta a la hora de hacer las consultas:

•Se exigen requisitos de claridad, concreción, concisión e identificación de quien formula la consulta.

•Las consultas se deberán referir al CTE ya que la aclaración o interpretación de cualquier otra reglamentación o norma no corresponde al Ministerio de Fomento.

•Las consultas debe hacer referencia al CTE en términos genéricos, y no a su aplicación a un proyecto concreto o a soluciones alternativas al CTE ya que su valoración correspondería a la autoridad de control edificatorio.

•Las consultas deben precisar interpretación o aclaración y no encontrarse evidentemente resueltas aplicando el CTE y sus comentarios con el criterio y la discrecionalidad técnica siempre necesaria.

Se cuenta desde el Ministerio con un equipo de técnicos que responderán las dudas planteadas sobre los documentos DB-SE, DB-SI y DB-SUA desde el Área de Seguridad y Accesibilidad. Subdirección General de Arquitectura y Edificación. Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo. Ministerio de Fomento. Paseo de la Castellana 112, 28071 Madrid - España

Envía tus consultas exclusivamente al buzón de la Subdirección General de Arquitectura y Edificación: arquitectura@fomento.es

lunes, 6 de febrero de 2017

[1082] Adecuación de escalera para instalación de ascensor

Se desea aclaración acerca de la interpretación de escaleras.
La normativa indica que se admiten en bloques de vivienda colectiva escaleras de trazado recto, curvo y mixto.
En las partes curvas de los tramos deben cumplirse las anchuras mínimas exigibles según la figura 4.3
Teniendo en cuenta que en rehabilitación se admiten anchuras de 80 cm de escalera en casos excepcionales ( según normativa autonómica/ municipal ) se plantea el siguiente diseño, con tramos 1 y 3 mixtos, y tramos 2 y 4 curvos.
Cada peldaño curvo cumple con las exigencias minimas de 28 cms a 50 cm de distancia y 17 cms, por lo que se entiende que cumple CTE ( teniendo en cuenta que se admite escaleras de 80 cms de ancho), ya que se trata de una escalera con 4 tramos combinados curvos / mixtos.
En caso de que la escalera tuviese una anchura de de 1 mt cumple todos los requisitos, por lo que la única salvedad es la anchura de ésta, permitida por normativa autonómica en casos excepcionales.
Respuesta
Véase apartados B.4.2 y B.4.3 del DA DB-SUA / 2 Adecuación efectiva de las condiciones de accesibilidad en edificios existentes.

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