La UAAAP/blogdelaunion, entidad vinculada al CSCAE, colaborando con el Ministerio de Fomento, publicará en este blog en tiempo real, a la vez que se contesta al interesado, las respuestas oficiales a las dudas que se consideren de interés para el colectivo planteadas al Ministerio sobre los documentos DB-SE,DB-SI y DB-SUA.

Desde el Ministerio de Fomento nos indican unas pautas a tener en cuenta a la hora de hacer las consultas:

•Se exigen requisitos de claridad, concreción, concisión e identificación de quien formula la consulta.

•Las consultas se deberán referir al CTE ya que la aclaración o interpretación de cualquier otra reglamentación o norma no corresponde al Ministerio de Fomento.

•Las consultas debe hacer referencia al CTE en términos genéricos, y no a su aplicación a un proyecto concreto o a soluciones alternativas al CTE ya que su valoración correspondería a la autoridad de control edificatorio.

•Las consultas deben precisar interpretación o aclaración y no encontrarse evidentemente resueltas aplicando el CTE y sus comentarios con el criterio y la discrecionalidad técnica siempre necesaria.

Se cuenta desde el Ministerio con un equipo de técnicos que responderán las dudas planteadas sobre los documentos DB-SE, DB-SI y DB-SUA desde el Área de Seguridad y Accesibilidad. Subdirección General de Arquitectura y Edificación. Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo. Ministerio de Fomento. Paseo de la Castellana 112, 28071 Madrid - España

Envía tus consultas exclusivamente al buzón de la Subdirección General de Arquitectura y Edificación: arquitectura@fomento.es

jueves, 28 de mayo de 2015

[646] Resistencia al fuego de fachada de local de riesgo especial

Consulta con respecto a las “Condiciones de las zonas de riesgo especial integradas en edificios” (Tabla 2.2).
Si tenemos un almacén dentro de un Uso Comercial y que por carga de fuego este almacén se debe clasificar como Local de Riesgo Especial, las paredes y techos que separan el almacén del resto del Edificio deben cumplir las condiciones de resistencia al fuego que se indican en la Tabla 2.2 del DB SI 1.
Pero si una parte de las paredes de este Local de Riesgo Especial son fachada del propio Edificio (donde además tenemos ventanas) que separa del exterior de la calle, cómo debemos tratar estas paredes? Debemos trasdosar esta fachada y ventanas para cumplir con la resistencia al fuego que se indica en la Tabla 2.2?
Nosotros entendemos que no porque las condiciones se deben cumplir con respecto al resto del edificio pero no con respecto al exterior.
Respuesta
Las fachadas de cualquier zona, incluidos los locales de riesgo especial, únicamente precisan ser resistentes al fuego en las zonas de las mismas y con el grado (al menos EI60) que es exigible conforme a SI 2-1.

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