La UAAAP/blogdelaunion, entidad vinculada al CSCAE, colaborando con el Ministerio de Fomento, publicará en este blog en tiempo real, a la vez que se contesta al interesado, las respuestas oficiales a las dudas que se consideren de interés para el colectivo planteadas al Ministerio sobre los documentos DB-SE,DB-SI y DB-SUA.

Desde el Ministerio de Fomento nos indican unas pautas a tener en cuenta a la hora de hacer las consultas:

•Se exigen requisitos de claridad, concreción, concisión e identificación de quien formula la consulta.

•Las consultas se deberán referir al CTE ya que la aclaración o interpretación de cualquier otra reglamentación o norma no corresponde al Ministerio de Fomento.

•Las consultas debe hacer referencia al CTE en términos genéricos, y no a su aplicación a un proyecto concreto o a soluciones alternativas al CTE ya que su valoración correspondería a la autoridad de control edificatorio.

•Las consultas deben precisar interpretación o aclaración y no encontrarse evidentemente resueltas aplicando el CTE y sus comentarios con el criterio y la discrecionalidad técnica siempre necesaria.

Se cuenta desde el Ministerio con un equipo de técnicos que responderán las dudas planteadas sobre los documentos DB-SE, DB-SI y DB-SUA desde el Área de Seguridad y Accesibilidad. Subdirección General de Arquitectura y Edificación. Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo. Ministerio de Fomento. Paseo de la Castellana 112, 28071 Madrid - España

Envía tus consultas exclusivamente al buzón de la Subdirección General de Arquitectura y Edificación: arquitectura@fomento.es

viernes, 11 de octubre de 2013

[208] Nueva actividad en establecimiento existente sin licencia previa

Un promotor desea iniciar una actividad comercial en un edificio existente sin necesidad de realizar ningún tipo de obras. Este edificio no cumple con algunas condiciones de resistencia al fuego que establece el DB-SI (sectorización del local con el piso superior).
Es obligatorio cumplir con las condiciones de compartimentación y resistencia al fuego teniendo en cuenta que es un edificio existente y que no se hacen obras?
Respuesta
Aunque sea sin hacer obras y sin que suponga cambio de uso (comercial que va a seguir siendo comercial) entendemos que un cambio de actividad en un establecimiento que antes no disponía de ningún permiso municipal en realidad constituye una legalización, y estas no están contempladas en el ámbito de aplicación del CTE.
Respecto a las legalizaciones, ver el siguiente comentario al DB SI publicado:

1 comentario:

Unknown dijo...

Tengo que actualizar la licencia de apertura de un establecimiento cuya actividad es tratar la drogodependencia, pero ahora han dispiesto una planta con habitaciones para que puedan pernoctar las personas en tratamiento, y además también hay cocina.
Mi consulta radica en que no se que USO considerar para el local, o si pongo varios USOS, es decir, como ADMINISTRATIVO (por ser sanitario asistencial) en la planta baja, y HOSTAL en la planta de arriba, o debe ser un único uso para todo el conjunto.

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