La UAAAP/blogdelaunion, entidad vinculada al CSCAE, colaborando con el Ministerio de Fomento, publicará en este blog en tiempo real, a la vez que se contesta al interesado, las respuestas oficiales a las dudas que se consideren de interés para el colectivo planteadas al Ministerio sobre los documentos DB-SE,DB-SI y DB-SUA.

Desde el Ministerio de Fomento nos indican unas pautas a tener en cuenta a la hora de hacer las consultas:

•Se exigen requisitos de claridad, concreción, concisión e identificación de quien formula la consulta.

•Las consultas se deberán referir al CTE ya que la aclaración o interpretación de cualquier otra reglamentación o norma no corresponde al Ministerio de Fomento.

•Las consultas debe hacer referencia al CTE en términos genéricos, y no a su aplicación a un proyecto concreto o a soluciones alternativas al CTE ya que su valoración correspondería a la autoridad de control edificatorio.

•Las consultas deben precisar interpretación o aclaración y no encontrarse evidentemente resueltas aplicando el CTE y sus comentarios con el criterio y la discrecionalidad técnica siempre necesaria.

Se cuenta desde el Ministerio con un equipo de técnicos que responderán las dudas planteadas sobre los documentos DB-SE, DB-SI y DB-SUA desde el Área de Seguridad y Accesibilidad. Subdirección General de Arquitectura y Edificación. Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo. Ministerio de Fomento. Paseo de la Castellana 112, 28071 Madrid - España

Envía tus consultas exclusivamente al buzón de la Subdirección General de Arquitectura y Edificación: arquitectura@fomento.es

viernes, 18 de octubre de 2013

[216] Avance de cambios en resbaladicidad

En la respuesta a la consulta [089] se incluía el siguiente comentario:
Por otro lado, en una revisión del DB SUA que forma parte de una orden ministerial por la que se revisan los DB del CTE y cuya aprobación y publicación es inminente, se incluirá una nota para las "zonas interiores secas" de la tabla 1.2 de este apartado que indicará que:
En estas zonas también se admitirán suelos que ensayados siguiendo el procedimiento en seco descrito en el DA DB-SUA / 3, tengan un valor Rd superior a 40 para superficies con pendiente menor que el 6% y superior a 65 para superficies con pendiente igual o mayor que el 6% y escaleras.
Además, simultáneamente a la aprobación de la revisión antes citada se aprobará y publicará un documento de apoyo (DA DB-SUA/3) que indicará, tanto el procedimiento de ensayo en seco, como una lista de suelos seguros que no requieren ensayo.
Puesto que aún no han sido publicados los citados documentos ¿sería posible conocer en avance cuál es el procedimiento en seco descrito en el DA DB-SUA / 3, así como la lista de suelos seguros que no requieren ensayos?
En todo caso, un pavimento de terrazo en zonas secas interiores, pulido en obra y con tratamiento posterior con Johnson Antideslizante o similar, ¿cumpliría con la Clase 1 exigida en la tabla 2.1?, ¿podría aplicársele el procedimiento en seco descrito en el DA DB-SUA / 3?, ¿está incluido en la lista de suelos seguros que no requieren ensayos?
Respuesta
El procedimiento de ensayo en seco es el mismo que se utiliza en la norma UNE-ENV 12633 pero sin humedecer la probeta, ni antes, ni durante el ensayo. Se recuerda que, hasta su publicación, el método de ensayo en seco no está refrendado en la reglamentación
El suelo que nos indica no está valorado en el documento de apoyo DA DB-SUA /3 que se publicará, por lo que deberá ensayarse.
La lista de suelos seguros considera suelos que están de lado de la seguridad y que pueden colocarse en cualquier zona del edificio, por lo que cumplen los requisitos más exigentes de resbaladicidad.

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