La UAAAP/blogdelaunion, entidad vinculada al CSCAE, colaborando con el Ministerio de Fomento, publicará en este blog en tiempo real, a la vez que se contesta al interesado, las respuestas oficiales a las dudas que se consideren de interés para el colectivo planteadas al Ministerio sobre los documentos DB-SE,DB-SI y DB-SUA.

Desde el Ministerio de Fomento nos indican unas pautas a tener en cuenta a la hora de hacer las consultas:

•Se exigen requisitos de claridad, concreción, concisión e identificación de quien formula la consulta.

•Las consultas se deberán referir al CTE ya que la aclaración o interpretación de cualquier otra reglamentación o norma no corresponde al Ministerio de Fomento.

•Las consultas debe hacer referencia al CTE en términos genéricos, y no a su aplicación a un proyecto concreto o a soluciones alternativas al CTE ya que su valoración correspondería a la autoridad de control edificatorio.

•Las consultas deben precisar interpretación o aclaración y no encontrarse evidentemente resueltas aplicando el CTE y sus comentarios con el criterio y la discrecionalidad técnica siempre necesaria.

Se cuenta desde el Ministerio con un equipo de técnicos que responderán las dudas planteadas sobre los documentos DB-SE, DB-SI y DB-SUA desde el Área de Seguridad y Accesibilidad. Subdirección General de Arquitectura y Edificación. Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo. Ministerio de Fomento. Paseo de la Castellana 112, 28071 Madrid - España

Envía tus consultas exclusivamente al buzón de la Subdirección General de Arquitectura y Edificación: arquitectura@fomento.es

martes, 1 de abril de 2014

[336] ¿6/8 peldaños aislados se dimensionan como escalera o como recorrido horizontal?

En relación al dimensionado de los medios de evacuación del CTE DBSI 3 - 4, un conjunto de 6 u 8 peldaños, ¿debe considerarse como una escalera y dimensionarla en función de la formula A>P/160 o A>P/160-10h según sea de evacuación descendente o ascendente? 
En otra consulta realizada en relación a la protección de las escaleras del CTE DBSI 5, se considera que el limite a partir del cual un conjunto de peldaños debe considerarse una escalera propiamente dicha puede establecerse en una altura salvada superior a 3 metros. Es igualmente aplicable para el dimensionado de los medios de evacuación? En ese caso, ¿se consideraría como un pasillo?
Respuesta
La anchura de paso exigible a un conjunto de peldaños se debe dimensionar como escalera, es decir, en función de la formula A ≥ P/160 o A ≥ P/(160-10h) según sea para evacuación descendente o ascendente respectivamente, cuando dicho conjunto de peldaños salva una altura mayor que 1,00 m.

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