La UAAAP/blogdelaunion, entidad vinculada al CSCAE, colaborando con el Ministerio de Fomento, publicará en este blog en tiempo real, a la vez que se contesta al interesado, las respuestas oficiales a las dudas que se consideren de interés para el colectivo planteadas al Ministerio sobre los documentos DB-SE,DB-SI y DB-SUA.

Desde el Ministerio de Fomento nos indican unas pautas a tener en cuenta a la hora de hacer las consultas:

•Se exigen requisitos de claridad, concreción, concisión e identificación de quien formula la consulta.

•Las consultas se deberán referir al CTE ya que la aclaración o interpretación de cualquier otra reglamentación o norma no corresponde al Ministerio de Fomento.

•Las consultas debe hacer referencia al CTE en términos genéricos, y no a su aplicación a un proyecto concreto o a soluciones alternativas al CTE ya que su valoración correspondería a la autoridad de control edificatorio.

•Las consultas deben precisar interpretación o aclaración y no encontrarse evidentemente resueltas aplicando el CTE y sus comentarios con el criterio y la discrecionalidad técnica siempre necesaria.

Se cuenta desde el Ministerio con un equipo de técnicos que responderán las dudas planteadas sobre los documentos DB-SE, DB-SI y DB-SUA desde el Área de Seguridad y Accesibilidad. Subdirección General de Arquitectura y Edificación. Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo. Ministerio de Fomento. Paseo de la Castellana 112, 28071 Madrid - España

Envía tus consultas exclusivamente al buzón de la Subdirección General de Arquitectura y Edificación: arquitectura@fomento.es

jueves, 19 de febrero de 2015

[565] Limpieza de barrera vidriada exterior

Nos comenta un arquitecto que se le ha ocurrido un diseño de barandilla vidriada para balcones y que le gustaría saber si sería admisible según CTE. Quiere diseñar una barandilla entera vidriada de 1,10 m de altura, pero que no parta directamente del canto de la losa del balcón, sino dejando libres los 10 cm normativos en la parte de abajo, de forma que se pueda introducir la mano y limpiar la parte no accesible exterior del vidrio desde el interior. Ya sé que en los comentarios del DB SUA 1 se recomienda que en situaciones de peligo de caída de objetos a vía pública la distancia de 10 cm se reduzca a 3cm. Pero es una recomendación. Me gustaría saber, si el diseño expuesto cumpliría CTE.
Respuesta
En efecto, se puede admitir que 10 cm abiertos entre el borde inferior de una barrera vidriada de 110 cm de altura y el suelo permitirían la limpieza de los 15 cm inferiores de la barrera (110 – 85 – 10 = 15).
Pero el peligro de la caída de objetos que representa esa abertura no debería ignorarse solo porque el comentario que se refiere a dicho riesgo “es una recomendación” y no tiene carácter reglamentario. Hay que tener cautela con los comentarios del CTE y tener en cuenta que, en caso de que ocurriese un accidente grave como consecuencia de lo anterior, es muy probable que, a pesar de dicho carácter de recomendación, el comentario en cuestión (como cualquier otro comentario del Ministerio, es decir, de la autoridad reglamentaria) podría ser base jurídica suficiente para atribuir responsabilidades a quien corresponda.

1 comentario:

mantenimiento de edificios dijo...

Tener mucha precaución en esta limpieza es algo que hay que extremar ya que ante cualquier problema las personas que estén abajo podrían pagar los platos de una mala gestión

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