La UAAAP/blogdelaunion, entidad vinculada al CSCAE, colaborando con el Ministerio de Fomento, publicará en este blog en tiempo real, a la vez que se contesta al interesado, las respuestas oficiales a las dudas que se consideren de interés para el colectivo planteadas al Ministerio sobre los documentos DB-SE,DB-SI y DB-SUA.

Desde el Ministerio de Fomento nos indican unas pautas a tener en cuenta a la hora de hacer las consultas:

•Se exigen requisitos de claridad, concreción, concisión e identificación de quien formula la consulta.

•Las consultas se deberán referir al CTE ya que la aclaración o interpretación de cualquier otra reglamentación o norma no corresponde al Ministerio de Fomento.

•Las consultas debe hacer referencia al CTE en términos genéricos, y no a su aplicación a un proyecto concreto o a soluciones alternativas al CTE ya que su valoración correspondería a la autoridad de control edificatorio.

•Las consultas deben precisar interpretación o aclaración y no encontrarse evidentemente resueltas aplicando el CTE y sus comentarios con el criterio y la discrecionalidad técnica siempre necesaria.

Se cuenta desde el Ministerio con un equipo de técnicos que responderán las dudas planteadas sobre los documentos DB-SE, DB-SI y DB-SUA desde el Área de Seguridad y Accesibilidad. Subdirección General de Arquitectura y Edificación. Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo. Ministerio de Fomento. Paseo de la Castellana 112, 28071 Madrid - España

Envía tus consultas exclusivamente al buzón de la Subdirección General de Arquitectura y Edificación: arquitectura@fomento.es

domingo, 4 de agosto de 2013

[171] Sectorización de ampliación de restaurante en Centro Comercial

Duda sobre la aplicación de la tabla 1.1 del SI1, en establecimientos de pública concurrencia ubicados dentro de un centro comercial.
El local en cuestión tiene licencia del año 2002, para Restaurante con 558.85 m² de superficie construida y un aforo de 320 personas, no disponiendo de compartimentación con respecto a las zonas comunes del Centro Comercial en dicha licencia.
Ahora desea ampliar superficie de público uniendo el local colindante, llegando el local resultante a tener una superficie construida total de 624.33 m² y un aforo de 329 personas.
Entiendo por tanto que es de aplicación el DB-SI al aumentarse la superficie y el aforo del local inicial, y se le debe solicitar la compartimentar del local con respecto a las zonas comunes al disponer el local resultante de la unión de dos locales de una superficie mayor de 500 m². Es correcta esta afirmación?
Respuesta
En 2002 era aplicable la NBE-CPI/96 y conforme a ella (artículo C.4.3, igual que actualmente conforme al DB SI, artículo SI 1-1, tabla 1.1) un restaurante (uso Pública Concurrencia) con superficie construida mayor de 500 m² integrado en un centro comercial debía ser sector de incendio, por lo que no se entiende porqué obtuvo licencia sin serlo.
Por tanto, si el establecimiento se amplía ahora se debería exigir su sectorización, con independencia de cual sea el aumento de superficie y de ocupación que suponga la ampliación, salvo que la autoridad de control que concedió aquella licencia tenga ahora los mismos motivos que tuvo entonces para no aplicar la reglamentación vigente.

1 comentario:

Anónimo dijo...

"... salvo que la autoridad de control que concedió aquella licencia tenga ahora los mismos motivos que tuvo entonces para no aplicar la reglamentación vigente."

¡Qué mala leche!

¡Qué són 58.85m2 de más en relación al riesgo de propagación de incendio al resto del edificio! ¡ Qué deberíamos decir, entonces, que el CTE permite una única salida para edificios de viviendas hasta 500 personas y 100 para el resto de establecimientos! ¿Representa menos riegos?

... un poco de margen para los responsables del control edificatorio ... je, je.

Publicar un comentario