La UAAAP/blogdelaunion, entidad vinculada al CSCAE, colaborando con el Ministerio de Fomento, publicará en este blog en tiempo real, a la vez que se contesta al interesado, las respuestas oficiales a las dudas que se consideren de interés para el colectivo planteadas al Ministerio sobre los documentos DB-SE,DB-SI y DB-SUA.

Desde el Ministerio de Fomento nos indican unas pautas a tener en cuenta a la hora de hacer las consultas:

•Se exigen requisitos de claridad, concreción, concisión e identificación de quien formula la consulta.

•Las consultas se deberán referir al CTE ya que la aclaración o interpretación de cualquier otra reglamentación o norma no corresponde al Ministerio de Fomento.

•Las consultas debe hacer referencia al CTE en términos genéricos, y no a su aplicación a un proyecto concreto o a soluciones alternativas al CTE ya que su valoración correspondería a la autoridad de control edificatorio.

•Las consultas deben precisar interpretación o aclaración y no encontrarse evidentemente resueltas aplicando el CTE y sus comentarios con el criterio y la discrecionalidad técnica siempre necesaria.

Se cuenta desde el Ministerio con un equipo de técnicos que responderán las dudas planteadas sobre los documentos DB-SE, DB-SI y DB-SUA desde el Área de Seguridad y Accesibilidad. Subdirección General de Arquitectura y Edificación. Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo. Ministerio de Fomento. Paseo de la Castellana 112, 28071 Madrid - España

Envía tus consultas exclusivamente al buzón de la Subdirección General de Arquitectura y Edificación: arquitectura@fomento.es

sábado, 23 de noviembre de 2013

[248] Variables que condicionan la protección de escaleras según SI 3-5

Tengo una duda con relación a las escaleras de evacuación. ¿Las condiciones de protección establecidas en la tabla 5.1 de SI 3.5 son independientes de la longitud de los recorridos de evacuación? Es decir, si la mayor distancia a recorrer hasta alcanzar una salida de planta o de edificio es inferior a la máxima permitida, incluyendo el recorrido a lo largo de las escaleras, ¿es necesario que las escaleras sean protegidas en los supuestos recogidos en la tabla?
Lo ilustro con un ejemplo. En un recinto situado bajo rasante, con más de 2,80 metros de desnivel con respecto a la planta de salida, con una ocupación superior a 100 personas, la tabla indica que las escaleras para evacuación ascendente deben ser protegidas. Pero si la distancia a recorrer desde cualquier punto hasta la salida del edificio es menor de 25 metros, ¿es necesario que las escaleras sean protegidas?
Respuesta
La protección de las escaleras conforme a la tabla 5.1 de SI 3-5 es función de las variables que figuran en dicha tabla (uso, h y P) entre las cuales no figura el recorrido de evacuación. Si conforme a dicha tabla y a dichas variables una escalera debe ser protegida, sobra cualquier consideración sobre los recorridos.

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