La UAAAP/blogdelaunion, entidad vinculada al CSCAE, colaborando con el Ministerio de Fomento, publicará en este blog en tiempo real, a la vez que se contesta al interesado, las respuestas oficiales a las dudas que se consideren de interés para el colectivo planteadas al Ministerio sobre los documentos DB-SE,DB-SI y DB-SUA.

Desde el Ministerio de Fomento nos indican unas pautas a tener en cuenta a la hora de hacer las consultas:

•Se exigen requisitos de claridad, concreción, concisión e identificación de quien formula la consulta.

•Las consultas se deberán referir al CTE ya que la aclaración o interpretación de cualquier otra reglamentación o norma no corresponde al Ministerio de Fomento.

•Las consultas debe hacer referencia al CTE en términos genéricos, y no a su aplicación a un proyecto concreto o a soluciones alternativas al CTE ya que su valoración correspondería a la autoridad de control edificatorio.

•Las consultas deben precisar interpretación o aclaración y no encontrarse evidentemente resueltas aplicando el CTE y sus comentarios con el criterio y la discrecionalidad técnica siempre necesaria.

Se cuenta desde el Ministerio con un equipo de técnicos que responderán las dudas planteadas sobre los documentos DB-SE, DB-SI y DB-SUA desde el Área de Seguridad y Accesibilidad. Subdirección General de Arquitectura y Edificación. Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo. Ministerio de Fomento. Paseo de la Castellana 112, 28071 Madrid - España

Envía tus consultas exclusivamente al buzón de la Subdirección General de Arquitectura y Edificación: arquitectura@fomento.es

martes, 1 de marzo de 2016

[891] Ascensor que sirve a escalera protegida/especialmente protegida sobre/bajo rasante

Respecto a la ubicación de ascensores en el recinto de una escalera protegida/especialmente protegida me surge una duda:
Cuando una escalera de un edificio que tiene el mismo desarrollo en toda su vertical, es especialmente protegida en las plantas bajo rasante y protegida en los tramos de evacuación descendente, ¿Puede contar con un ascensor en el recinto protegido de la escalera, que comunica la zona bajo rasante especialmente protegida y la escalera protegida sobre rasante?
Respuesta
Sí, siempre que el ascensor solo abra, tanto sobre como bajo rasante, al recinto protegido o especialmente protegido, respectivamente, de la escalera.

No hay comentarios:

Publicar un comentario