La UAAAP/blogdelaunion, entidad vinculada al CSCAE, colaborando con el Ministerio de Fomento, publicará en este blog en tiempo real, a la vez que se contesta al interesado, las respuestas oficiales a las dudas que se consideren de interés para el colectivo planteadas al Ministerio sobre los documentos DB-SE,DB-SI y DB-SUA.

Desde el Ministerio de Fomento nos indican unas pautas a tener en cuenta a la hora de hacer las consultas:

•Se exigen requisitos de claridad, concreción, concisión e identificación de quien formula la consulta.

•Las consultas se deberán referir al CTE ya que la aclaración o interpretación de cualquier otra reglamentación o norma no corresponde al Ministerio de Fomento.

•Las consultas debe hacer referencia al CTE en términos genéricos, y no a su aplicación a un proyecto concreto o a soluciones alternativas al CTE ya que su valoración correspondería a la autoridad de control edificatorio.

•Las consultas deben precisar interpretación o aclaración y no encontrarse evidentemente resueltas aplicando el CTE y sus comentarios con el criterio y la discrecionalidad técnica siempre necesaria.

Se cuenta desde el Ministerio con un equipo de técnicos que responderán las dudas planteadas sobre los documentos DB-SE, DB-SI y DB-SUA desde el Área de Seguridad y Accesibilidad. Subdirección General de Arquitectura y Edificación. Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo. Ministerio de Fomento. Paseo de la Castellana 112, 28071 Madrid - España

Envía tus consultas exclusivamente al buzón de la Subdirección General de Arquitectura y Edificación: arquitectura@fomento.es

martes, 1 de marzo de 2016

[892] Bocel

En el DB-SUA con comentarios, pág. 20, aptdo. 4.2. Escaleras de uso general, párrafo 4.2.1.2 referente a los peldaños se enuncia la siguiente frase: "No se admite bocel. (...)".
Nuestra duda es si no se admite ningún tipo de resalto en la unión huella-tabica para las escaleras de uso general, o bien, sí que se admitirían resaltos rectos pero no curvos. La duda surge porque la definición de "bocel" supone una geometría curva.
Asimismo, nos surge la duda de si no se admite "bocel" en ningún caso en las escaleras de uso general o solo en las de evacuación ascendente (o que no exista itinerario alternativo), tal y como figuraba en las antigua NBE-CPI-96.
Respuesta
Conforme a SUA 1-4.2.1.2, no se admite bocel en escaleras de uso general en ningún caso y ya sea con geometría recta o curva.

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